C P A c/ L, R A s/PRIVACION DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL
Madre promovió demanda por privación de responsabilidad parental y supresión de apellido paterno de su hija. La Cámara modificó la sentencia y admitió el pedido de supresión del apellido paterno, considerando el interés superior de la niña.
¿Quién es el actor?
P C, madre de A A L C
¿A quién se demanda?
R A L, padre de A A L C
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Privación de responsabilidad parental y supresión del apellido paterno de la hija
¿Qué se resolvió?
Se admitió parcialmente la demanda, declarando privado al padre del ejercicio de la responsabilidad parental, pero se rechazó el pedido de supresión del apellido paterno. En apelación, la Cámara modificó la sentencia y admitió la supresión del apellido paterno, considerando el interés superior de la niña, su estado de salud y la afectación a su personalidad por el vínculo conflictivo con el padre.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El nombre es un atributo personalísimo vinculado a la identidad. Si bien existe un principio general de inmutabilidad, este cede ante "justos motivos" que afecten la personalidad de la persona.
- En el caso, se acreditó que la subsistencia del apellido paterno afectaba la personalidad de la niña, dada su discapacidad, la ausencia del padre y la violencia sufrida.
- El interés superior del niño es un principio fundamental que debe primar, debiendo ponderarse las consecuencias de la decisión sobre la niña.
- Se analizó la cuestión desde una perspectiva de género, considerando la normativa nacional e internacional en materia de eliminación de la discriminación contra la mujer y la niña.
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