FERNANDEZ, DIEGO ERNESTO c/ AUTOPISTAS URBANAS S.A. s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda contra la concesionaria por daños sufridos en un accidente de tránsito al colisionar su motocicleta contra un colchón caído en la autopista. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, haciendo lugar a los agravios de la concesionaria sobre la responsabilidad pero confirmando los montos indemnizatorios.
Indemnización por daños sufridos al colisionar su motocicleta con un colchón caído en la autopista.
¿Qué se resolvió?
- La Cámara revocó la responsabilidad atribuida a la concesionaria, entendiendo que el hecho constituía un caso fortuito, dada la inmediatez entre la caída del colchón y el accidente, y la imposibilidad fáctica de la concesionaria de verificar todos los vehículos que circulan.
- Sin embargo, confirmó los montos indemnizatorios fijados en primera instancia por incapacidad, gastos médicos y daño moral.
Fundamentos principales:
- La relación entre el usuario y la concesionaria es de consumo, por lo que pesa sobre esta última una obligación de seguridad de resultado.
- Sin embargo, el deber de seguridad no es absoluto y tiene límites, no pudiendo exigirse a la concesionaria que verifique puntualmente la carga de cada vehículo que circula.
- El hecho ocurrido, con la inmediata caída de un objeto desde otro vehículo, tiene carácter de caso fortuito que la concesionaria no pudo evitar.
- En cuanto a las indemnizaciones, se confirmaron los montos fijados por aplicación de las pautas legales correspondientes.
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