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Incidente Nº 6 - IMPUTADO: LOPEZ, LUIS FERNANDO s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO

El imputado solicitó la aplicación del estímulo educativo por cursos aprobados durante la prisión, pidiendo la reducción temporal de la pena por cuatro meses. La Jueza de Cámara hizo lugar al pedido y concedió la reducción temporal de cuatro meses (dos por cada curso) conforme al art. 140 de la Ley 24.660, fijando nuevas fechas para el acceso a beneficios.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: LUIS FERNANDO LOPEZ (por su defensa). Demandado: Juzgado de Ejecución / órgano penitenciario (incidente de estímulo educativo en expediente de ejecución). Objeto: Aplicación del estímulo educativo y reducción temporal de la pena por aprobación de cursos (“Artesanía en Cuero” y “Marroquinería”), solicitando cuatro meses de reducción (dos meses por curso) conforme art. 140 inc. b Ley 24.660. Decisión: Se hizo lugar al incidente y se concedió la reducción temporal de CUATRO (04) MESES (dos por cada curso), con efecto sobre los plazos para acceder a beneficios del régimen progresivo; se protocolizó, notificó y ofició.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Que LUIS FERNANDO LOPEZ fue condenado a la pena única de CINCO (5) AÑOS de PRISIÓN, al pago de la multa de 45 UF, más las accesorias del art. 12 del CP, con costas (art. 29 CP), por resultar autor penalmente responsable del delito de Transporte de Estupefacientes (arts. 5 inc. “c” de la Ley 23.737)."
- "Que se encuentran agregados los informes confeccionados por el establecimiento penitenciario en relación al beneficio solicitado, de los que surge: INFORME EDUCACIONAL (fs. 1/8 y 10 vta./14) respecto al desempeño y los logros educativos alcanzados por el condenado dentro y fuera del ámbito penitenciario, indicando que cursó y aprobó el curso de “Marroquinería” con una carga horaria de 210 horas reloj y “Artesanías en cuero” con una carga horaria de 188 horas reloj, ambos dictados por el Centro de Capacitación Laboral N° 7139, los que se encuentran debidamente certificados. ACTA N° 213/2026 (fs. 13/14): concluyó que correspondería aplicarse el estímulo educativo."
- "DOS MESES por aprobar el curso de “Artesanía en Cuero”, con una carga horaria de 188 horas reloj, por lo que debe aplicarse el inc. “b” del art. 140 de la Ley 24.660."
- "DOS MESES por el curso de “Marroquinería”, con una carga horaria de 210 horas reloj de cursado, por lo que debe aplicarse el inc. “b” del art. 140 de la Ley 24.660."
- "I) HACER LUGAR a la reducción temporal de CUATRO (04) MESES para la promoción de LUIS FERNANDO LOPEZ (LPU 136.051/C) dentro de la progresividad del Régimen Penitenciario, por aplicación de lo estipulado por el art. 140 de la Ley Nº 24.660 (según Ley Nº 26.695), con el fundamental propósito de fomentar y mejorar sus capacidades e instrucción (art. 137 de la ley en cita)."
- Votos en disidencia: No constan disidencias en el expediente.

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