Logo

RONDON ROJAS, TAHIOLA THAIMI s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

La actora solicitó carta de ciudadanía argentina por naturalización. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°1 declaró ciudadana argentina a Tahiola Thaimi Rondón Rojas y ordenó la extensión del título de ciudadanía, condicionando la validez al juramento y advirtiendo obligaciones de enrolamiento y posibles nulidades por fraude.

Ciudadania por naturalizacion Ley 346 Decreto 3213/84 Juramento Enrolamiento Anulacion por fraude Direccion nacional de migraciones Registro nacional de las personas Juzgado civil y comercial federal Naturalizacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Tahiola Thaimi Rondón Rojas, DNI N° 96.158.168. Demandado: No corresponde acción contra tercero; solicitud de incorporación a la ciudadanía argentina dirigida al Juzgado. Objeto: Solicitud de carta de ciudadanía por naturalización conforme Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84. Decisión: Se declaró ciudadana argentina por naturalización a TAHIOLA THAIMI RONDON ROJAS y se ordenó la extensión del título respectivo, con las formalidades del juramento y comunicaciones oficiales a organismos pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina." "Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a TAHIOLA THAIMI RONDON ROJAS, DNI N° 96.158.168, hija de Hector Manuel RONDON y de Xiomara Josefina ROJAS, nacida el 24 de mayo de 1986 en Guaicaipuro, Miranda, Venezuela, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento. Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención." "Regístrese y notifíquese, y al Fiscal Federal en su público despacho. Comuníquese por cédula a la Dirección Nacional de Migraciones (art. 110, Ley 25.871) y por oficio a la Cámara Nacional Electoral, al Registro Nacional de las Personas, a la División de Análisis Legal de la Policía Federal Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a fin de que por la vía pertinente comunique la concesión de la nacionalidad argentina al país de origen de la interesada. Fecho, ARCHIVESE."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar