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RAGUSA, CLAUDIA MABEL c/ EN-M TRANSPORTE DE LA NACION Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora intentó aclaratoria y reposición in extremis contra la resolución que confirmó la incompetencia del juez de grado y remitió la causa al fuero laboral. La Cámara desestimó ambos planteos por inadmisibles y confirmó su criterio declinatorio, adoptando el dictamen del Fiscal General de Cámara.

Competencia Aclaratoria Reposicion in extremis Ley 27.802 Remision a fuero laboral Eana se Costas Dictamen fiscal general de camara Contencioso administrativo Derecho laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Claudia Mabel Ragusa (actora/recurrente). Demandado: Estado Nacional
- Ministerio de Transporte de la Nación y EANA SE (intervención estatal y empresa vinculada). Objeto: Daños y perjuicios derivados de relación laboral; cuestión principal del expediente es la competencia para entender en la causa. Decisión: Se desestimaron la aclaratoria y la reposición in extremis; se confirmó la decisión previa que declaró la incompetencia del juez de grado y ordenó el giro a la Justicia Nacional de Trabajo; se impusieron las costas a la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "La finalidad de la aclaratoria es la corrección o integración del pronunciamiento pero en tanto no se cambie su sentido, no pudiendo alterarse lo sustancial de la decisión (conf. Highton, Elena I.
- Areán, Beatriz A.; “Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- concordado con los códigos provinciales. Análisis doctrinal y jurisprudencial-”, editorial Hammurabi, Buenos Aires, primera edición, 2006, Tº III, página 166)." "Ahora bien, en el caso, no se advierte que se haya incurrido en ninguno de los supuestos previstos en la normativa procesal vigente a la que se acaba de aludir, por lo que, siendo suficientemente específica la resolución dictada, la aclaratoria solicitada resulta inadmisible." "En particular, en orden a la competencia, adviértase que, eventualmente, en el supuesto en que la recurrente estime que el pronunciamiento recaído resulta erróneo, o aún arbitrario, los mecanismos previstos para tal alternativa resultan diversos al intentado. Sin perjuicio de ello, refiérase que a efectos de alcanzar la solución resultante del pronunciamiento bajo recurso, se hizo propio -en lo sustancial y dirimente
- el dictamen del señor Fiscal General de Cámara, en el cual quedaron suficientemente expuestos los fundamentos de la asignación de conocimiento, elaborados con base en la identificación de los sujetos involucrados (EANA SE), la normativa por la que se rige, la naturaleza y encuadre normativo de sus relaciones con su personal, así como en orden al hecho que los rubros reclamados se originarían en la relación laboral que unía a las partes..." "Lo dicho basta para desestimar el planteo bajo examen en el presente Considerando."
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia pertinentes; la resolución se adoptó por la Sala II en los términos expuestos.

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