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BANCO DE LA PROVINCIA BUENOS AIRES C/ BARBIERI MARIA DORA S/ COBRO EJECUTIVO

El Banco de la Provincia de Buenos Aires promovió cobro ejecutivo por un crédito vencido de $10.222.222,02. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el remate hasta el pago íntegro del capital más intereses conforme el tope fijado y costas, y declaró perdido el derecho de la ejecutada por no deducir excepciones en término.

Cobro ejecutivo Ejecucion Remate Intereses pactados Mora 06/10/2025 Perdida del derecho por inactividad Costas Monto $10.222.222 02 Difiere regulacion de honorarios Notificacion por domicilio constituido.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARIA DORA BARBIERI. Objeto: Cobro ejecutivo por capital adeudado por PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 2/100 ($10.222.222,02), más intereses desde la mora (06/10/2025), y costas y costos de la ejecución. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución y el remate hasta tanto la ejecutada abone el capital reclamado y los intereses dentro de los límites fijados, se agravió el derecho procesal de la ejecutada por falta de deducción de excepciones en término y se impusieron costas y costos de la ejecución. Se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta que quede firme la liquidación respectiva. Se admitió la notificación por el domicilio constituido en Gral. Paz Nº 407 de Rojas (BA).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente): "Que la parte ejecutada no ha deducido excepciones legítimas en el plazo legal, que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, por lo que corresponde darle por perdido el derecho dejado de usar (arts. 116 C.P.C.), conforme lo dispuesto por los arts. 540 y 548 del C.P.C., y en consecuencia," "Mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto la ejecutada MARIA DORA BARBIERI haga al accionante BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 2/100 ($10.222.222,02). A dicha suma se le aplicarán los intereses pactados siempre que entre compensatorios y punitorios no superen el equivalente a una vez y media la tasa de interés que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento, que es el límite establecido por nuestro Superior Departamental para los intereses pactados (expte "BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ YARATI PAREDES HILARIA RAMONA S/ COBRO EJECUTIVO" (Exp. N° JU-11327-2018), sentencia del 04/08/2020 (N° Orden: 140
- Libro de Sentencia Nº: 61), desde la fecha de la mora (06/10/2025) y hasta su efectivo pago (art. 549 del CPC y art. 101, 103 y ccs. del Decr. Ley 5965/63), con más los costos y costas de la ejecución (arts. 68 y 556 CPC.).-" "Difiriendo la regulación de los honorarios profesionales, hasta la oportunidad en que quede firme la liquidación respectiva (art. 51 de la ley 14.967 y 505 CC. t.o. ley 24.432, art. 730 del Código Civil y Comercial).-" "No habiendo el demandado constituido domicilio legal dentro del radio del juzgado y habiéndoselo notificado en GRAL. PAZ N° 407 DE ROJAS (BA), tiéneselo por constituido en los estrados del mismo.
- (art. 41 del C.P.C.).-"

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