NITTI ROSA ANA C/ OCUPANTES DEL INMUEBLE CALLE MOSCONI 1797 QUILMES S/DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Aclaración de sentencia en autos de desalojo por intrusión para precisar demandados y domicilio del inmueble. El Tribunal accedió al pedido de aclaratoria y rectificó el punto I) de la sentencia de fecha 11/06/2026, identificando a los ocupantes demandados y el domicilio catastral correcto del inmueble.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: NITTI ROSA ANA.
Demandado: FRANCO LOPEZ; LOURDES LOPEZ; THIANA LOPEZ; FACUNDO LOPEZ; ARIEL LOPEZ; y/o intrusos y/o demás ocupantes.
Objeto: Desalojo del inmueble sito en Avenida Mosconi N°1797 (esquina San Mauro Castelverde N°3605) del Partido de Quilmes por la causal de intrusión.
Decisión: Se hizo lugar a la aclaratoria rectificando el punto I) de la sentencia de fecha 11/06/2026 para incorporar los nombres de los ocupantes demandados y precisar el domicilio catastral del inmueble, registrándose la aclaración con correlativo anterior N°37/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes):
"Téngase por agregada la documental adjunta, en formato digital, de conformidad con la Resolución N°3272/2015 SCBA, la cual puede ser consultada por Mesa de Entradas Virtual.
AUTOS Y VISTOS: En atención a lo pedido y lo normado por el artículo 166, inciso 2º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, y en virtud de lo esbozado, conforme surge ello de los informes de los mandamientos de constatación de fecha 22/08/2023 y 05/12/2023, rectifíquese el punto I) del fallo de la sentencia dictada en fecha 11/06/2026 en el sentido de que la demanda de desalojo promovida por ROSA ANA NITTI lo es contra FRANCO LOPEZ, LOURDES LOPEZ, THIANA LOPEZ, FACUNDO LOPEZ, ARIEL LOPEZ y/o intrusos y/o demás ocupantes, por la causal de intrusión, condenando a estos últimos a desalojar el inmueble objeto de ésta acción. Asimismo, aclárese que el domicilio completo del inmueble objeto de ésta acción, es en Avenida Mosconi N°1797 esquina San Mauro Castelverde N°3605 del Partido de Quilmes, identificado catastralmente como circunscripción III; sección I; fracción III; parcela 11; matrícula 8559 de Quilmes (086), siendo éste el domicilio correcto (arg. arts. 36 inc. 3ro. del CPCC.) REGISTRESE, con su correlativo anterior N°37/2026."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: