ESCALANTE MARIELA YANINA C/ CORBANI CARLOS GABRIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 4/3/2023, reclamando $7.371.000 por lesiones, daño moral y daños materiales. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó al conductor y a la aseguradora en garantía a abonar $30.474.360 (a valores actuales), con actualización por IPC y interés del 6% anual desde la fecha del hecho, por responsabilidad objetiva del vehículo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Mariela Yanina Escalante.
Demandado: Carlos Gabriel Corbani (conductor, titular registral y asegurado del Renault Master dominio JWZ-687) y, en garantía, Parana S.A. de Seguros.
Objeto: Daños y perjuicios derivados de choque por alcance ocurrido el 4/3/2023; rubros reclamados: daño físico e incapacidad, daño psíquico, daño moral, tratamientos, gastos de farmacia y médicos, tratamiento kinésico, daños materiales del vehículo, privación de uso y desvalorización. Monto reclamado originario $7.371.000.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a Corbani y a Parana S.A. a pagar a la actora la suma de $30.474.360, con repotenciación por IPC desde la fecha de la sentencia y más intereses a tasa del 6% anual desde el 4/3/2023 hasta el efectivo pago; costas a la parte demandada vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo):
"Tratándose de un accidente de tránsito en el cuál han intervenido dos vehículos, rige en la especie la responsabilidad del riesgo de la cosa conforme lo establecido en el art. 1769 del Código Civil y Comercial. La responsabilidad es objetiva ... Es suficiente que demuestre un nexo causal 'aparente', es decir la intervención de la cosa riesgosa y el daño sufrido, pesando sobre el dueño o guardián de la cosa la prueba de una eximitoria de su responsabilidad."
"De este modo, siendo que la citada en garantía no ha producido prueba que avale la exención de responsabilidad alegada en su responde, conforme lo normado por el art.1721 del Código Civil y Comercial aplicable al caso, corresponde asignarle al demandado la responsabilidad exclusiva en la producción del siniestro, en tanto al no respetar las normas de conducción, establecidas por los arts. 36, 39 inc. b) y 44 inc. a) 2 y 48 inc. a) g, de la ley 24.449-, accionó el riesgo ínsito al vehículo que conducía."
"El perito Médico Legista ... sostiene que la Sra. Escalante ... presenta una incapacidad física parcial y permanente del 29,21% de la Total Vida ... Por su parte, la perito psicóloga ... dice la Sra Mariela Escalante tiene indicadores concurrentes y recurrentes de un trastorno adaptativo ... Concluye que presenta un Trastorno por Estrés Postraumático Moderado, crónico, no transitorio, considerando una incapacidad del 10 %. ... En virtud de lo precedentemente expuesto, concluyo que la disminución vital del referido actor a resultas del accidente motivo de autos ascendió al 30,74 % de la total obrera lo que así decido."
"Trasladando esas variables a la planilla ... se obtiene ... Indemnización = $19.569.360,97 ... Encontrando adecuado este valor a las circunstancias del caso, dada la reserva efectuada en el libelo inicial, el rubro en tratamiento prospera por la suma de $ 19.569.360."
"En relación al rubro Daño Moral ... lo fijo, dada la reserva efectuada en el libelo inicial, en la suma de $ 9.785.000 (art. 165 del CPCC)."
"Por lo expuesto ... la demanda en trato prospera por la suma de $ 30.474.360 a valores de la fecha de este pronunciamiento."
"Declaro la inconstitucionalidad del art.7 de la ley 23.928 y ... el capital de condena aquí fijado será repotenciado desde la fecha de la presente y hasta el momento del efectivo pago conforme el índice de precio consumidor -nivel general publicado por el INDEC-, ... más los intereses calculados a la tasa del 6% anual desde la fecha del hecho
- 4 de Marzo de 2023
- y hasta del día del efectivo pago."
- Otros puntos procesales relevantes:
- Corbani fue declarado rebelde por no comparecer.
- Existió causa penal conexa (IPP 10-00-030030-23/00) archivada el 31/10/2023.
- Se reproduce criterio jurisprudencial y normativa (SCBA, Resol. SSN 589/2025) para limitar cobertura mínima de aseguradoras y se ordena a Parana S.A. responder hasta el tope de $208.000.000 o el límite que rija al tiempo de firmeza.
- Se rechazaron algunos ítems: tratamiento kinésico futuro y pérdida de valor venal; se admitieron gastos de farmacia y traslados por $400.000; reparación material $600.000; privación de uso $120.000.
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