GIULIANO ANIBAL ERNESTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaratoria de herederos por fallecimiento de GIULIANO ANIBAL ERNESTO. El Tribunal declaró que lo suceden como herederos universales sus hijos GIULIANO Y LARREA FERNANDO ARIEL y GIULIANO LARREA ESTEBAN SEBASTIAN, y su cónyuge supérstite LARREA GLADYS MYRTHA respecto de bienes propios, fundando la decisión en certificados de defunción, matrimonio, nacimiento e informe actuarial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Sr. Agente Fiscal (actuación del Agente Fiscal para dictado de declaratoria).
Demandado: Sucesión de GIULIANO ANIBAL ERNESTO (D.N.I. N°5.308.959), fallecido el 26/08/2014.
Objeto: Declaratoria de herederos ab-intestato.
Decisión: Se declaró que por el fallecimiento del causante le suceden en carácter de universales herederos sus hijos GIULIANO Y LARREA FERNANDO ARIEL y GIULIANO LARREA ESTEBAN SEBASTIAN; y su cónyuge supérstite, LARREA GLADYS MYRTHA, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Asimismo, se ordenó la notificación por domicilio electrónico y se dispuso el cese de intervención del Agente Fiscal conforme art. 728 inc. 1 del digesto ritual.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"1.
- Que con el certificado de defunción adjuntado a la presentación de fecha 15 de Abril de 2026, se acredita el fallecimiento de GIULIANO ANIBAL ERNESTO (D.N.I. N°5.308.959) ocurrido el día 26 de Agosto de 2014 en la ciudad de Mar del Plata.
2.
- Con el certificado de matrimonio adjuntado con fecha 19 de Junio de 2026, se acredita que el causante contrajo matrimonio con LARREA GLADYS MYRTHA el día 12 de Mayo de 1961 en la ciudad de Mar del Plata.
3.
- Que de dicha unión nacieron GIULIANO Y LARREA FERNANDO ARIEL el día 5 de Abril de 1969 y GIULIANO LARREA ESTEBAN SEBASTIAN el día 8 de Marzo de 1976, según se puede constatar de los certificados de nacimiento adjuntados con fecha 19 de Junio de 2026.
4.
- Que del informe actuarial expedido el día 6 de Julio de 2026 se acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos a los fines del dictado de la declaratoria de herederos solicitada.
RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de GIULIANO ANIBAL ERNESTO (D.N.I. N°5.308.959) le suceden en carácter de universales herederos sus hijos GIULIANO Y LARREA FERNANDO ARIEL y GIULIANO LARREA ESTEBAN SEBASTIAN; y su cónyuge supérstite, LARREA GLADYS MYRTHA, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. REGISTRESE. Notifiquese mediante la remisión del presente proveído al domicilio electrónico de las partes y del Sr. Agente Fiscal, en los términos del Ac. 4039 de la SCBA (v. Ac. cit.,; art. 135 y concs. del CPCC).
Teniendo en cuenta el dictado de la presente Declaratoria de Herederos y lo dispuesto por el art. 728 inc. 1 del digesto ritual, cese la intervención del Sr. Agente Fiscal (v. art. cit.; v Res. 315/2018; v. art. 29 inc. e) de la Ley 14.442)."
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