ABAL SEBASTIAN ROBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Planteo accesorio sobre radicación de expediente rechazado por improcedente para imponer sede. El Tribunal resolvió que lo consignado en el punto VIII de la demanda no habilita la radicación en un juzgado determinado y ordenó el sorteo por la Receptoría General conforme al art. 6º del C.P.C.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (se alude a escritos de fechas 12 y 14 de julio de 2026, pero no se individualiza actor).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Se solicitó la radicación del expediente en un juzgado determinado en virtud de lo expresado en el punto VIII del escrito inicial de demanda.
Decisión: Se rechazó la petición de radicación en sede determinada; se sostuvo que lo expuesto en el punto VIII no es fundamento para tal radicación. Se dispuso librar oficio a la Receptoría General de Expedientes Departamental para que efectúe el sorteo del juzgado que intervendrá.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Toda vez que lo expresado en el punto VIII del escrito inicial de demanda no es fundamento para la radicación de un expediente en determinado juzgado, a lo solicitado no ha lugar."
"A mayor abundamiento señalo, que no existe entre el presente y el sucesorio reseñado identidad de herederos ni de masa hereditaria (Art. 6º del C.P.C.)."
"En consecuencia, líbrese oficio electrónico a la Receptoría General de Expedientes Departamental a los fines de que efectúe el sorteo del juzgado que intervendrá."
Fechas relevantes: presentados escritos de fecha 12 y 14 de julio de 2026; resolución de fecha 3 de agosto de 2026.
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