DYCASA SA c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Dycasa S.A. promovió un proceso de conocimiento contra la Dirección Nacional de Vialidad vinculado a la regulación de emolumentos. La Cámara confirmó los emolumentos regulados a la Dra. María de los Ángeles Giuliano como letrada patrocinante del Sr. Darío Ubaldo Minuccio, invocando los arts. 16, 19, 20 y 41 de la ley 27.423.
Actor: DYCASA SA. Demandado: DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD. Objeto: Cuestión vinculada a la regulación/ejecución de honorarios/emolumentos en el marco de un proceso de conocimiento; ejecución de honorarios del perito y regulación de emolumentos de la letrada patrocinante. Decisión: Se confirmaron los emolumentos regulados a la Dra. María de los Ángeles Giuliano en su carácter de letrada patrocinante del Sr. Darío Ubaldo Minuccio, conforme a los artículos 16, 19, 20 y 41 de la ley 27.423.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo presente la naturaleza, el resultado y el monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada en la ejecución de los honorarios del perito, SE CONFIRMAN los emolumentos regulados a la Dra. María de los Ángeles Giuliano, en su carácter de letrada patrocinante del Sr. Darío Ubaldo Minuccio (arts.16, 19, 20 y 41 de la ley 27.423)." "A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se hace constar que —por hallarse vacante dos cargos de jueces de esta Sala— suscribe la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira; quien integra este Tribunal en los términos de la acordada n° 2/26 de esta Cámara." (No constan votos en disidencia en la pieza analizada.)
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