TEVEZ, JOSE LUIS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor promovió acción contra ANSES solicitando retiro por invalidez conforme art. 49 p.4 Ley 24.241. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que la incapacidad total previsional del demandante (54,49%) no alcanza los requisitos del art. 48 inc. a para otorgar la jubilación por invalidez.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: José Luis Tevez.
Demandado: ANSES.
Objeto: Obtención de retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241).
Decisión: Fijar la incapacidad del actor en 54,49% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que no reúne los requisitos del art. 48 para obtener la jubilación por invalidez; costas a su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El facultativo informa que las patologías son: Hipertensión arterial estadio II (15%); Flebopatía periférica estadio II (8,5%); Diabetes mellitus estadio II (7,65%); Limitación funcional de columna cervical (4,82%); Limitación funcional de columna dorso lumbar (4,16%); Limitación funcional de rodilla izquierda (3,89%); y Limitación funcional de rodilla derecha (3,36%)."
"Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 47,38% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (3,55%) y el nivel educativo (3,55%) arroja un total de incapacidad del 54,49%."
"Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico ... y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 54,49% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606."
"I.
- Fijar la incapacidad del actor en el 54,49% y, en consecuencia, confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez.
II.
- Imponer las costas de esta Alzada en el orden causado (conf. art. 36 de la Ley 27.423), difiriéndose la regulación de honorarios pertinentes para su oportunidad."
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