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FERREYRA, ALEJANDRO RAMON c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor promovió acción contra ANSES solicitando retiro por invalidez por diversas limitaciones funcionales. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central, fijó la incapacidad en 44,90% y concluyó que no reúne los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241.

Retiro por invalidez Anses Comision medica central Incapacidad 44 90% Art. 48 ley 24.241 Cuerpo medico forense Factores complementarios Sosa raul Costas Reapertura por nueva prueba (ley 20.606).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Alejandro Ramón Ferreyra. Demandado: ANSES. Objeto: Obtención de jubilación por retiro por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241 / requisito art. 48). Decisión: Se fijó la incapacidad del actor en 44,90% y se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto concluyó que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez. Se impusieron las costas de la Alzada al orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original): I.
- "Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Alejandro Ramón Ferreyra desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Limitación funcional de hombro izquierdo (12%); Limitación funcional de hombro derecho (8,8%); Limitación funcional de rodilla izquierda (6,34%); Limitación funcional de columna lumbosacra (5,1%); Limitación funcional de rodilla derecha (4,07%); y Limitación funcional de columna cervical (1,91%). Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 38,21% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (3,82%) y el nivel educativo (2,87%) arroja un total de incapacidad del 44,90%. Corrido el traslado de dicho informe a las partes, ambas partes dejaron vencer el plazo sin contestarlo, quedando la causa en estado de ser resuelta." II.
- "Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 44,90% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606." Resolución final transcrita: "I.
- Fijar la incapacidad del actor en el 44,90% y, en consecuencia, confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos para la obtención de la jubilación por invalidez."

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