Incidente Nº 28 - AGRUPACION POLITICA: MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR NRO. 40 - DISTRITO CORDOBA s/CONTROL PATRIMONIAL
La agrupación Movimiento Libres del Sur presentó el Estado Anual Patrimonial y la Cuenta de Ingresos y Egresos correspondientes al ejercicio 2024 para su control. El juez aprobó el estado contable presentado, entendiendo que se cumplimentaron los recaudos del art. 23 de la Ley 26.215, con apercibimiento de ajustar observaciones futuras.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Agrupación política Movimiento Libres del Sur, Distrito Córdoba (representada por su apoderado).
Demandado: No corresponde demanda contra tercero; se trata de trámite de control judicial de estados contables ante el Juzgado Federal con competencia electoral.
Objeto: Aprobación del Estado Anual Patrimonial y de las Cuentas de Ingresos y Egresos del ejercicio 2024, conforme art. 23 Ley 26.215.
Decisión: Aprobar el Estado Anual Patrimonial y las Cuentas de Ingresos y Egresos del partido Movimiento Libres del Sur correspondientes al ejercicio 2024; advertir que en adelante deberá dar estricto cumplimiento a la normativa; elevar copia a la Cámara Nacional Electoral y otros organismos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"III) La Auditora Contadora emitió informe favorable para la aprobación del Estado Anual Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos del partido Movimiento Libres del Sur, correspondientes al ejercicio del año 2024, en virtud de que la agrupación ha cumplimentado con las exigencias contempladas por el art. 23 de la Ley 26.215, pese a las observaciones señaladas.
Respecto de dichas objeciones, cabe hacer saber a la agrupación que en adelante deberá dar estricto cumplimiento a la normativa vigente.
Ahora bien, resulta necesario analizar lo advertido por la señora perito contable en el punto 2.7.
En el apartado IV “Notas Complementarias al Anexo de la Acordada N°47/12”, la agrupación informó un saldo destinado a capacitación proveniente de un remanente de la campaña P.A.S.O. 2023 por la suma de $100.319,35, que fue utilizado en el presente ejercicio a tal fin.
Del Anexo de capacitación presentado surge detallado el contenido del curso llevado a cabo y sus objetivos, los datos del disertante, la fecha y lugar de realización y la nómina de participantes.
A fin de acreditar el gasto y la realización de la actividad de capacitación, acompañaron la factura C N° 7-46 emitida por el proveedor Montenegro Cintia Gisela por el monto de $100.000,00, comprobante que corresponde a gastos de catering. Dicha contratación fue cancelada a través de transferencia bancaria, conforme surge de los extractos oportunamente presentados por el partido.
Además, adjuntaron los listados de asistentes con los datos personales de cada uno, suscriptos por ellos y fotografías del conversatorio llevado a cabo.
A la luz de las constancias obrantes en estas actuaciones, el suscripto considera que el partido ha dado debido cumplimiento con lo dispuesto en el art. 40 de la Ley 26.215."
"V) El señor Fiscal Federal en su dictamen de fs. 126 expresó que corresponde aprobar los estados contables presentados por el partido."
"VI) El suscripto estima conveniente proceder a la aprobación del Estado Anual Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos relativos al ejercicio del año 2024, en tanto la agrupación ha cumplimentado con los recaudos legales establecidos por el art. 23 de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos."
- Voto/parte resolutiva:
"RESUELVO:
1°) Aprobar el Estado Anual Patrimonial y Cuentas de Ingresos y Egresos del partido Movimiento Libres del Sur referidos al ejercicio correspondiente al año 2024, contemplado por el artículo 23 de la Ley 26.215.
2°) Hacer saber a la agrupación que en adelante deberá dar estricto cumplimiento con la normativa vigente.
3°) Poner el presente decisorio en conocimiento de la Excma. Cámara Nacional Electoral, de la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y de la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN (cfr. Acordada 10/2025 CSJN), a sus efectos.
4°) Protocolícese y hágase saber."
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