CAMBIOS DEL SUR SA S/ SUMARIO FINANCIERO Nº 1644
El BCRA sumarió a la agencia de cambio Cambios del Sur SA y a sus directores Alejandro Mauricio Cayetano Sánchez, Rodrigo Alfonso Harding Bart y Elisabeth Patricia Dogliotti por infracción a la Ley 18.924 y Ley de Entidades Financieras. El Directorio revocó la autorización para funcionar como operador de cambio y formuló oposición a la devolución de la garantía de funcionamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Sumariados:
- Cambios del Sur SA (agencia de cambio, CUIT 33-71600044-9)
- Alejandro Mauricio Cayetano Sánchez (director)
- Rodrigo Alfonso Harding Bart (director)
- Elisabeth Patricia Dogliotti (directora)
Conducta imputada:
La resolución no detalla específicamente las infracciones en su cuerpo, pero instruye el Sumario Financiero 1644 de conformidad con los artículos 5 de la Ley 18.924 y 41 de la Ley de Entidades Financieras, conforme lo dispuesto por Resolución 61/25 de SEFyC del 05/03/25.
Norma infringida:
- Artículo 5 de la Ley 18.924
- Artículo 41 de la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526)
- Artículo 14, inciso h) de la Carta Orgánica (CO) del BCRA
Decisión por sumariado:
Cambios del Sur SA: Revocación de autorización para funcionar como agencia de cambio. Formular oposición a la devolución de garantía de funcionamiento. Obligación de abstenerse de ejercer actividad cambiaria, modificar denominación y objeto social eliminando operaciones cambiarias dentro de 90 días, o acreditar inicio de trámite de disolución social.
Directores (Sánchez, Harding Bart, Dogliotti): No se detallan sanciones individuales en el cuerpo de la resolución. La sanción se dirigue principalmente a la entidad.
Fundamentos principales:
Conforme consigna el texto:
> "Que, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias ha dictado la Resolución 59/26 (RESOL-2026-59-E-GDEBCRA-SEFYC#BCRA) del 02/03/26 por la que concluye ese sumario, y en el inciso a) del punto 3. dispone solicitar al Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) –con el alcance del inciso 6 del artículo 41 de la Ley de Entidades Financieras– la revocación de la autorización para funcionar como entidad cambiaria de Cambios del Sur SA, por los fundamentos desarrollados en ese documento."
> "Que el Directorio del BCRA comparte y hace suyo el contenido y las conclusiones volcadas en la Resolución 59/26 de SEFYC y, en consecuencia, deben considerarse parte integrante de este acto."
La distribución de competencias se fundamenta en:
> "Que, si bien el artículo 47 de la Carta Orgánica (CO) del BCRA establece como facultad propia del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias, la de aplicar las sanciones que el artículo 41 de la Ley de Entidades Financieras contempla, hace excepción de las expresamente adjudicadas por la CO al Directorio y, justamente el inciso h) del artículo 14 de ese texto legislativo, atribuye al Directorio la facultad de revocar la respectiva autorización a las entidades financieras y cambiarias, siendo ello sostenido por el Decreto 13/95 cuya vigencia fue restablecida en el artículo 17 de la Ley 25.780."
Respecto a la garantía de funcionamiento:
> "Que, por estar involucrada Cambios del Sur SA en actuaciones administrativas que tramitan en esta Institución, corresponde formular oposición a la devolución de la garantía de funcionamiento constituida por esta entidad, conforme a lo previsto en el punto 5.3. del texto ordenado sobre Operadores de Cambio."
La resolución establece que la sanción podrá ser apelada ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal con efecto devolutivo, dentro de 30 días hábiles, conforme al artículo 42 de la Ley de Entidades Financieras.
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