VALENTE ROSANA ELIZABETH C/ LA NUEVA ESQUINA SRL Y OTROS S/ DESPIDO
La actora promovió demanda por despido y las partes suscribieron un acuerdo transaccional presentado el 7/7/26. El Tribunal homologó el acuerdo por considerarlo una justa composición de derechos e intereses, impuso las costas a la demandada y ordenó pago de tasas y emolumentos en términos fijados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: VALENTE ROSANA ELIZABETH.
Demandado: LA NUEVA ESQUINA SRL y otros.
Objeto: Reclamo por despido; las partes presentaron un acuerdo transaccional con fecha 7/7/26 para poner fin al litigio.
Decisión: El Tribunal homologó el acuerdo transaccional del 7/7/26, impuso las costas a la demandada y ordenó intimaciones para el pago de la tasa de justicia ($198.000) y de la contribución del 5% sobre la tasa, así como reglas para el pago de honorarios profesionales y acreditación de cancelación de créditos dentro de cinco días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"El principio protectorio que impera en el Derecho del Trabajo e informa la mayor parte de sus normas, elevado a la jerarquía constitucional por el art. 14 bis de la Constitución Nacional y que se identifica plenamente con el orden público laboral, inspira la irrenunciabilidad consagrada en el art. 12 de la L.C.T."
"Derivación de tal irrenunciabilidad es el art. 15 de la L.C.T. que admite los acuerdos transaccionales, conciliatorios o liberatorios, pero para su validez y eficacia exige no solo la intervención de la autoridad administrativa o judicial, sino también la emisión de un favorable y fundamentado juicio de valor sobre la conveniencia y justicia de la solución alcanzada."
"Valorados los elementos preindicados, estimo que la conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T. y 30 de la ley 15.057)."
"Las costas serán impuestas a la parte demandada -conforme lo pactado-."
(Votos) "A LA MISMA CUESTION: los señores jueces Brasi y Capucchio, por compartir los fundamentos dados por el señor juez preopinante, votan en el mismo sentido."
Resolución (extracto): "I.
- Homologar, en los términos explicados, el referido acuerdo transaccional presentado en fecha 7/7/26 cuya copia en este acto se registra. II.
- Imponer las costas a la demandada (art. 24 ley 15.057). III.
- Intimar a la demandada para que, dentro de los cinco días haga efectivo el pago de la suma de $ 198.000 en concepto de tasa de justicia... y para que, dentro del mismo término, cumpla con el pago de la contribución del 5% sobre la tasa de justicia... IV.
- ...el obligado al pago de honorarios profesionales deberá abonar los mismos con más aportes e IVA... mediante transferencia directa a la cuenta bancaria de los beneficiarios... El obligado al pago deberá acreditar la cancelación de todos los créditos a los que fuera condenado dentro de los 5 días de efectuada..."
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