SALCEDO JORGELINA VALERIA C/ LIBRECOMP SRL Y OTROS S/ DESPIDO
Demanda laboral por despido y rubros salariales contra la empleadora y personas físicas. El Tribunal hizo lugar parcial a la demanda, condenando a LIBRECOMP SRL al pago de $2.915.648,47 por salarios, SAC y vacaciones proporcionales, y rechazó los demás rubros y la acción contra las personas físicas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: SALCEDO JORGELINA VALERIA, con patrocinio del Dr. Leonildo Rey Escobar.
Demandado: LIBRECOMP SRL; GLADYS ANTONIA PAVONE; DANILO PACINO, con distintos patrocinantes.
Objeto: Indemnizaciones por despido, rubros salariales (salarios de julio y agosto 2024, SAC proporcionales e integrales semestrales), sanciones previstas por leyes 24.013, 25.323 y 25.345, y entrega de certificados conforme art. 80 R.C.T.; total reclamado en demanda $10.036.497,54 más accesorios. Se cuestionó además la constitucionalidad de la ley 27.742, DNU 70/23 y del tope del art. 245 R.C.T.
Decisión: Se declaró acreditado el vínculo laboral desde el 20/10/2023 y se concluyó que la relación se extinguió por voluntad concurrente/abandono el 9/9/2024; se hizo lugar parcialmente a la demanda frente a LIBRECOMP SRL y se condenó al pago de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 2.915.648,47) por salarios, S.A.C. y vacaciones proporcionales adeudadas; se rechazaron los demás rubros reclamados y la demanda contra GLADYS PAVONE y DANILO PACINO. Se impusieron costas 80% a la actora y 20% a LIBRECOMP SRL.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Con la declaración testimonial vertida en la oportunidad de la audiencia de vista de causa por ZAMPETTI NAZARENA LINA juzgo acreditado que SALCEDO JORGELINA VALERIA trabajó en relación de dependencia para LIBRECOMP SRL . Ello así por cuanto, si bien se trata de único testimonio, fue rendido por una compañera de trabajo de la accionante que ha tenido conocimiento directo sobre los hechos los que depuso, lo que brinda eficacia probatoria a sus dichos y logró formar convicción respecto de los hechos referidos."
"En su mérito considero acreditado que SALCEDO JORGELINA VALERIA ingresó a trabajar para LIBRECOMP SRL el 20/10/2023. Al momento del egreso devengó una remuneración mensual de $ 503.585 (CCT 130/75
- ACU 1476/24, art. 56 R.C.T.)"
"En mérito a ello corresponde rechazar los reclamos fundados en los arts. 231 a 233 y 245 R.C.T., esto es: indemnizaciones por antigüedad, sustitiva del preaviso e integración del mes del despido. ... resulta evidente que por lo menos desde la fecha de emisión de los telegramas en los que se consideraba despedida, esto es: el 9/9/2024, la accionante no prestó servicios para la empleadora. Tal actitud me lleva a concluir que se ha acreditado que el vínculo quedó extinguido por voluntad concurrente de las partes haciendo abandono de la relación laboral..."
"Distinta suerte correrá la solicitud de pago de los salarios correspondientes a los meses de julio y agosto de 2024, SAC proporcional correspondiente al primer semestre de 2023, SAC correspondiente al primer semestre de 2024 y SAC proporcional correspondiente al segundo semestre de 2024 hasta el 9/9/2024 y las vacaciones proporcionales correspondientes al año 2024 cuyo pago no se ha acreditado y resultan procedentes..."
"PROPONGO se condene a LIBRECOMP SRL a abonar a SALCEDO JORGELINA VALERIA... Todo lo cual arroja un total de $ 1.695.123 ... la indemnización que corresponde abonar a la parte actora resulta ser la suma de $ 2.915.648,47 que deberá ser depositada dentro del décimo día..."
- Votos: la Dra. Chirinos expone los fundamentos; las Dres. Boxler y Canale adhieren y votan en igual sentido. (Decisión por mayoría.)
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