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LESCANO VERONICA ANTONELLA C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997

La actora promovió demanda de revisión de resolución administrativa por enfermedad profesional (tendinitis, denunciada 07.10.2020) contra la aseguradora. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas y condenó a la demandada a abonar $31.584.078 más intereses, con regulación de honorarios.

Enfermedad profesional Incapacidad 8 95% Ibm $86.731 51 Actualizacion ripte vs art.55 ley 27.802 Inconstitucionalidad dnu 669/19 Indemnizacion Interes moratorio Revision administrativa Tribunal del trabajo n?4 escobar Condena $31.584.078 observacion: se ha respetado el lenguaje y citas textuales del fallo y se consignan los principales fundamentos y montos indicados en la sentencia.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Veronica Antonella Lescano, representada por Dr. Ignacio Javier Brashich. Demandado: Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada. Objeto: Revisión de resolución administrativa por enfermedad profesional (denuncia PMI 07.10.2020; solicitud de reparación por incapacidad derivada de tendinitis de hombro derecho/izquierdo según piezas), con petición de aplicación de normas de actualización y de inconstitucionalidad de determinados preceptos y actos administrativos y/o decretos. Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se declaró acreditada una incapacidad del 8,95% Total Obrera; se fijó IBM $86.731,51; se liquidó indemnización y se condenó a la demandada a pagar $31.584.078 dentro de diez días hábiles, con intereses moratorios según lo fijado en la sentencia; se declararon inconstitucionales diversas normas (art. 12 Ley 24.557, Res. SSN 1039 y 332/23, DNU 669/19, arts. 7 y 10 Ley 23.928, arts. 4 y 5 Ley 25.561) con efecto inter partes para el caso concreto; se impusieron costas a la demandada y se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Juzgo que el informe es certero, reglado por la ciencia y concluyente, descriptivo de la dolencia de la patología, que nos ocupa, propongo determinar en el 8,95 % de la Total Obrera, como consecuencia de la enfermedad profesional denunciada por la accionante." "A fin de establecer el IBM, el experto contable, Sr. Salvador Rodriguez, en fecha 03.02.2025 presenta el informe contable, estableciendo como base de cálculo el importe de $ 86.731,51 ... concluyo entonces, a los efectos de establecer el ingreso base, de conformidad a lo establecido por el art. 11 inc. 1° de la ley 27.348, que el IBM, resulta ser $ 86.731,51." "Formula polinómica: 53 x 86.731,51 $ 4.596.770,03 x 8,95% $ 411.410.91 x (65% 28: 2,32) $ 954.473,32 ... Propicio en consecuencia, que el monto resarcible a percibir por la actor seria el de : $ 1.145.367,98 ... Base nominal de actualización : $ 1.145.367,98 ... Propongo adoptar la formula que hasta ahora he ponderado, a saber: $ 31.584.078.-" "Por todo ello, disposiciones legales citadas y demás consideraciones vertidas, el Tribunal FALLA 3°) Hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. VERONICA ANTONELLA LESCANO contra PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, condenando a esta última, a abonar a la parte actora, en el plazo de DIEZ DIAS HABILES, la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y OCHO ( $ 31.584.078.-) ( art. 277 LCT) atento al reclamo de la enfermedad profesional de la cual fuera sujeto ( ley 24.557)." Asimismo se consignan los fundamentos para la declaración de inconstitucionalidad: "La supremacía constitucional... En el caso particular y concreto se dicta la inconstitucionalidad con efectos 'inter partes'... Propicio en consecuencia su declaración." Y respecto de intereses: "Al capital de condena, corresponderá adicionar, desde la mora... un interés moratorio equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de La Nación Argentina."
- Votos: Sentencia unánime; los Dres. Valcarce y Minuto adhieren a los fundamentos de la jueza preopinante (Dra. Gimenez). Fechas y montos relevantes:
- Fecha de inicio de relación laboral: 01.03.2018.
- Fecha de primera manifestación invalidante (PMI) denunciada: 07.10.2020.
- Fecha de inicio expediente administrativo: 13.01.2021 (Expte. 10964/2021).
- Determinación pericial de incapacidad total obrera: 8,95%.
- IBM fijado: $86.731,51.
- Monto resarcible nominal (con 20% Ley 26.773 incluido): $1.145.367,98.
- Monto final aplicado por actualización y fórmula elegida: $31.584.078.
- Plazo de pago: 10 días hábiles desde notificación para depósito en cuenta de la actora.
- Regulación de honorarios: Actora 20%; Demandada 16%; peritos 4% c/u.

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