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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ALVAREZ JOSE MANUEL S/ APREMIO PROVINCIAL

Incidente de apremio provincial promovido por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires para llevar adelante ejecución por deuda fiscal. El Tribunal dispone continuar la ejecución, declara perdido el derecho de oposición por vencimiento de plazo y ordena continuar con trance y remate por $1.525.125,20 más intereses, gastos y costas.

Incidente Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Constitucion de domicilio Perdida de derecho Intereses fiscales Gastos y costas Titulo ejecutivo n? 1493487

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Álvarez José Manuel (DNI N° 4.228.068). Objeto: Ejecución fiscal mediante apremio provincial y trámite de trance y remate por el capital reclamado conforme Título Ejecutivo Nro. 1493487, por la suma de $1.525.125,20, más intereses, gastos y costas. Decisión: Se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, con más los intereses previstos por el Código Fiscal, gastos y costas; se tuvo por perdido el derecho de la parte demandada de oponer excepciones por vencimiento de plazo; se constituyó domicilio en estrados y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." "Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada ALVAREZ, JOSE MANUEL (DNI N° 4.228.068) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos UN MILLON QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON VEINTE CENTAVOS ($ 1.525.125,20), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1493487-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." "Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la Avenida COLON N° 2187 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."

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