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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LLOMPART NICOLAS RAFAEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial reclamando $3.585.336,90 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el trance y remate hasta el íntegro pago y aplicó intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal; además constituyó domicilio y condenó en costas a la parte vencida.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Trance y remate Intimacion y embargo Intereses articulo 104 codigo fiscal Domicilio ad litem Costas a la vencida Ley 13.406 (procedimiento) Monto $3.585.336 90

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: NICOLAS RAFAEL LLOMPART. Objeto: Ejecución por apremio provincial por el capital reclamado en PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 90/100 ($ 3.585.336,90) más intereses según art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago del monto reclamado con los intereses legales; se tuvo por constituido el domicilio ad litem de la parte demandada; costas a la vencida; diferimiento de regulación de honorarios para su oportunidad. Se agregaron y tuvieron presente mandamientos de intimación y embargo.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes del fallo): "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)" "Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos." FALLO: "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, NICOLAS RAFAEL LLOMPART; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 90/100, ($ 3.585.336,90). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad." "Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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