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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARGANO CARLOS GUSTAVO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Carlos Gustavo Gargano por deuda fiscal. El Tribunal constituyó domicilio en secretaría, declaró perdido el derecho a oponer excepciones y decretó sentencia de trance y remate por $1.255.795,00 más intereses según art. 104 del Código Fiscal.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Constitucion de domicilio Perdida del derecho a excepcionar Intereses art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $1.255.795 00 Costas al vencido Ley 13.406

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: CARLOS GUSTAVO GARGANO. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por el capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 0/100 ($1.255.795,00) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado, se declaró perdido el derecho de oponer excepciones por haber vencido el plazo legal, y se dictó sentencia de trance y remate disponiendo continuar la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada. Se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos textuales del tribunal): "El demandado CARLOS GUSTAVO GARGANO, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle CARLOS PELLEGRINI
- Nro. 667
- CP. 7513
- Loc. GONZALES CHAVES (ver mandamiento adjuntado digitalmente el 2/6/2026), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC)." "2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado CARLOS GUSTAVO GARGANO haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 0/100 ($1.255.795,00). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."

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