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HOSPITAL MUNICIPAL DE AGUDOS DR LEONIDAS LUCERO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U . S/ MATERIA A CATEGORIZAR - OTROS JUICIOS

El Hospital Municipal demandó a la aseguradora por el pago de gastos sanatoriales derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27/07/2024. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inaplicabilidad del tope reglamentario de la Resolución 505/2023 y condenó a Federación Patronal a abonar $1.753.635,62 más intereses desde el 21/05/2025.

Cobro de gastos sanatoriales Ley 24.449 art. 68 (obligacion legal autonoma) Inconstitucionalidad resolucion 505/2023 ssn Responsabilidad de la aseguradora Hospital publico acreedor tercero Causalidad accidente 27/07/2024 Intereses postulatorios (ubertalli / bpba) Costas a la vencida Exceso reglamentario Monto condenado $1.753.635 62

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Municipalidad de Bahía Blanca, representada por el Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero. Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.U. Objeto: Cobro de sumas de dinero por gastos sanatoriales y farmacológicos por la atención de Walter Héctor Gabriel Suárez por accidente de tránsito del 27/07/2024, facturas N° 00001-00015550; 00001-00000172; 00001-16508 por un total reclamado de $1.753.635,62, conforme art. 68 Ley 24.449. Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se condenó a la aseguradora al pago de $1.753.635,62 más la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a plazo fijo a 30 días desde el 21/05/2025 hasta su efectivo pago; costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones y citas textuales relevantes): "Destaco que de las declaraciones testimoniales efectuadas y de la historia clínica presentada surge que las lesiones por las cuales fue atendido Walter Hector Gabriel Suarez en el Hospital Municipal de Agudos Dr Leonidas Lucero fueron ocasionadas por el accidente sufrido el día 27 de julio de 2024 ... Por ello no asiste razón a la demandada cuando afirma que '(e)l ingreso al Hospital, dos días después del siniestro denunciado, y, la lesión que dice sufrir el Sr. Suárez, no guarda relación de causalidad con el siniestro acaecido previamente.'" "La Resolución n° 505/2023 de la Superintendencia de Seguros de la Nación establece el límite de cobertura al pago de gastos sanatoriales, razón por la cual resulta procedente analizar la constitucionalidad de esta última a la luz del planteo efectuado por la parte actora." "la fijación de un tope pétreo y sumamente reducido para la cobertura de aquellas erogaciones no guarda relación ni coherencia con aquel cometido de orden público que la institución en análisis procura satisfacer (proporcionar debida asistencia a las víctimas del siniestro), pues es de público y notorio conocimiento que una suma como la estipulada difícilmente pueda alcanzar para cubrir los gastos de atención derivados de un accidente de tránsito ... la disposición reglamentaria a la que se aferra la accionada resulta irrazonable para limitar su obligación de reintegro de gastos sanatoriales en desmedro del reclamo patrimonial de la actora ... juzgo -en ejercicio de las facultades de control constitucional que me competen
- que la disposición cuestionada inhibe, en la especie, la realización de la función social a la que propende la norma legal reglamentada, constituyendo -en tales términos
- un exceso reglamentario que desoye el espíritu del art. 68 de la Ley 24.449, violentando de tal modo el principio constitucional de razonabilidad y de jerarquía normativa." "Consecuentemente, atento a lo expuesto en los considerandos anteriores, estimo la demanda acogida favorablemente, debiendo la demandada abonarle a la actora la suma de pesos un millón setecientos cincuenta y tres mil seiscientos treinta y cinco con sesenta y dos centavos ($1.753.635,62). A dichos montos deberá adicionarse la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires ... desde el día 21 de mayo de 2025 ... hasta su efectivo pago." (FALLO) "I.
- Haciendo lugar a la demanda interpuesta por la Municipalidad de Bahía Blanca -Hospital Municipal de Agudos Dr. Leónidas Lucero-, condenando a Federación Patronal Seguros S.A.U. a abonarle en el plazo de treinta (30) días, la suma de pesos un millón setecientos cincuenta y tres mil seiscientos treinta y cinco con sesenta y dos centavos ($1.753.635,62). A dicho monto deberá adicionarse la tasa que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires ... desde el 21 de mayo de 2025 hasta su efectivo pago. II.
- Costas a la vencida (art. 51 del CCA, modif. por Ley 14.437)."

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