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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HECTOR R FACAL Y CIA SCA S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal contra HECTOR R. FACAL Y CIA. S.C.A. por deuda tributaria de $1.282.751,90. El Tribunal ordenó trance y remate y constituyó domicilio de la parte ejecutada en el Juzgado por pérdida del derecho a oponer excepciones, imponiendo las costas al vencido.

Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Constitucion de domicilio Perdida del derecho a oponer excepciones Intereses articulo 104 codigo fiscal Costas Fisco provincia de buenos aires Monto $1.282.751 90 Ley 13.406

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: HECTOR R. FACAL Y CIA. S.C.A. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 90/100 ($1.282.751,90), con intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la fecha de interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate para llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la suma reclamada; se impusieron las costas al vencido y se diferenció la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "El demandado HECTOR R. FACAL Y CIA. S.C.A., cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle URQUIZA
- Nro. 273
- CP. 7540
- Loc. CORONEL SUAREZ (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado HECTOR R. FACAL Y CIA. S.C.A. haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 90/100 ($1.282.751,90). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad." "Registrese. La presente se notifica conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 SCBA."

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