VACA YOLANDA AZUCENA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Los peticionantes solicitaron la declaratoria de herederos por fallecimiento de Yolanda Azucena Vaca. El Tribunal declaró por derecho que le suceden como herederos sus hijos Paola Romina Villarreal, Roberto Miguel Villarreal y Azucena Raquel Gutierrez, por cumplimentarse la publicidad legal y acreditarse estado civil y vínculos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: PAOLA ROMINA VILLARREAL; ROBERTO MIGUEL VILLARREAL; AZUCENA RAQUEL GUTIERREZ, patrocinados por la Dra. Carla Noelia Camila Herrera.
Demandado: La causante YOLANDA AZUCENA VACA (fallecida, DNI 4.544.970).
Objeto: Se solicita que se dicte la declaratoria de herederos y se provea con habilitación en la sucesión ab-intestato de la Sra. Yolanda Azucena Vaca.
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de la Sra. Yolanda Azucena Vaca le suceden en carácter de herederos sus hijos Paola Romina Villarreal, Roberto Miguel Villarreal y Azucena Raquel Gutierrez; se ordenó notificación automatizada y se registró la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"I.
- Que con el certificado adjunto en soporte PDF en fecha 27/3/2026 se acredita el fallecimiento de la señora Yolanda Azucena Vaca (DNI 4.544.970), ocurrido el día 29 de diciembre de 2025 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.-
II.
- Que con el certificado adjunto en soporte PDF en fecha 2/6/2026 se acredita el matrimonio de la causante con el Sr. Miguel Roberto Villarreal celebrado el día 9 de enero de 1975 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.-
III.
- Que con el certificado adjunto en soporte PDF en fecha 24/6/2026 se acredita el fallecimiento del cónyuge de la causante, ocurrido el día 28 de agosto de fecha 1996.-
IV.
- Que con los certificados adjuntos en fecha 21/4/2026 se acredita el nacimiento de los hijos de la causante: Roberto Miguel Villarreal ocurrido el día 2 de mayo de 1977, Paola Romina Villarreal, ocurrido el día 6 de abril de 1979 y Azucena Raquel Gutierrez, ocurrido el día 9 de noviembre de 1959.-
Y CONSIDERANDO: I.
- Que con los ejemplares y recibos agregados en fecha 21/4/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2° del C.P.C. y 2340 del CCyC, 2° párr.
II.
- Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario.
III.
- Que con las presentaciones de fecha 8/4/2026; 28/4/2026 y el archivo adjunto a la resolución de fecha 7/4/2026, respectivamente, obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos y el IPS.
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del CPCC, DECLARO: Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de la señora YOLANDA AZUCENA VACA (DNI 4.544.970) le suceden en carácter de herederos sus hijos PAOLA ROMINA VILLAREAL, ROBERTO MIGUEL VILLAREAL, Y AZUCENA RAQUEL GUTIERREZ.-. Cese la intervención del señor Agente Fiscal. Notifíquese de manera automatizada al domicilio constituido electrónico por las partes conforme lo previsto por el art. 10 de la Ac. 4013/21 de la SCBA (art. 1 Ac 3991/20 SCBA). REGÍSTRESE.-"
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