AYALA CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO
El trámite versó sobre la declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Carlos Alberto Ayala. El Tribunal declaró heredores a los hermanos Francisco Diego, María Ester, Noemí Susana y Miguel Ángel Ayala, y a las sobrinas Norma Beatriz Ciavatelli y Mariana Laura Espinoza (en representación de su madre prefallecida), por cumplimentarse la publicación de edictos y acreditarse las constancias de estado civil y defunciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor:
Ministerio Público Fiscal, a través del Auxiliar Letrado Martín Darío Capra, que actuó en instancia fiscalizadora y peticionó la declaratoria conforme al trámite de la sucesión ab-intestato.
Demandado:
Se tramita la sucesión del causante AYALA CARLOS ALBERTO (fallecido el 03 de junio de 2025), por lo que el “demandado” es el causante fallecido en cuya sucesión se declara la identidad de herederos.
Objeto:
Se solicitó la declaratoria de herederos por fallecimiento del causante, acreditando estado civil, vínculo familiar y cumplimiento de la publicación de edictos conforme al art. 734 inc. 2º del C.P.C.
Decisión:
El Tribunal, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los arts. 3565 del Código Civil, art. 2644 del Código Civil y Comercial y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C., declaró que por fallecimiento de AYALA CARLOS ALBERTO lo suceden en carácter de herederos sus hermanos Francisco Diego AYALA, María Ester AYALA, Noemí Susana AYALA, Miguel Ángel AYALA, y sus sobrinas Norma Beatriz CIAVATELLI y Mariana Laura ESPINOZA (esta última en representación de su madre prefallecida Florencia Norma AYALA). También se ordenó cesar la intervención del Agente Fiscal y se registró la resolución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"VISTAS: Estas actuaciones caratuladas: 'AYALA CARLOS ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO' traídas a despacho para dictar declaratoria de herederos
RESULTA:
a) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita el fallecimiento de AYALA CARLOS ALBERTO, ocurrido el día 03 de junio de 2025, en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.-
...
I) Que con la documentación que se adjunta digitalmente a la presente, se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C..-
II) Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara la Actuaria.-
III) Que con las presentaciones electrónicas de fechas 13/02/2026 y 19/02/2026 obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales y Registro de Testamentos.-
Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal en la presentación de fecha 01/07/2026 y lo dispuesto en los arts. 3565 del Código Civil Ley 340 y modificatorias, art. 2644 del Código Civil y Comercial Ley 26.994 y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C. DECLARO:
1) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de AYALA CARLOS ALBERTO, lo suceden en carácter de herederos sus hermanos: Francisco Diego AYALA, Maria Ester AYALA, Noemi Susana AYALA, Miguel Angel AYALA y sus sobrinas: Norma Beatriz CIAVATELLI, y Mariana Laura ESPINOZA (en representación de su madre prefallecida Florencia Norma AYALA)
2) Cése la intervención del señor Agente Fiscal.
3) REGISTRESE."
(Se preservó el lenguaje y las citas textuales del Tribunal. No se advierten votos disidentes.)
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