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SACCO MARIA ROSA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El actor promovió sucesión ab-intestato por el fallecimiento de María Rosa Sacco solicitando la declaratoria de herederos. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que sucede como heredero universal a su hijo Cristian Pablo Mazzuglia y Sacco, cesando la intervención del Ministerio Fiscal.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de heredero universal Fallecimiento 06/10/2022 Heredero: cristian pablo mazzuglia y sacco Codigo civil y comercial (arts. 2424 2426) Cpcc (arts. 734 735 737 135) Publicacion de edictos Ministerio fiscal (cese de intervencion) Notificaciones electronicas Primera instancia (tribunal de quilmes)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Cristian Pablo Mazzuglia y Sacco. Demandado: Sucesión de María Rosa Sacco (causante, F. 6.199.898). Objeto: Trámite y declaratoria de sucesión ab-intestato por fallecimiento de María Rosa Sacco (fallecida el 06/10/2022), con declaración de heredero universal. Decisión: Se declaró que por el fallecimiento de María Rosa Sacco le sucede en carácter de heredero universal su hijo Cristian Pablo Mazzuglia y Sacco; se ordenó cese de la intervención del Ministerio Fiscal, registro y notificación conforme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I) Que con el certificado adjunto a la presentación electrónica -DEMANDA
- SE PRESENTA (247000597024747183) se acredita el fallecimiento de MARIA ROSA SACCO -F 6.199.898
- ocurrido el día 06/10/2022." "II) Que la causante contrajo matrimonio con JORGE ANIBAL CARDOZO con fecha 31/10/1973 (DEMANDA
- SE PRESENTA (247000597024747183))." "III) Que de la unión de la causante con MANUEL ANTONIO MAZZUGLIA nació: CRISTIAN PABLO con fecha 09/12/1977. DEMANDA
- SE PRESENTA (247000597024747183)" "IV) Que conforme surge del acta de matrimonio se dicto sentencia de Divorcio Vincular con fecha 12 de noviembre de 1990 por el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 84 (Secretaría Única), en los autos 'Cardozo Jorge Aníbal y Sacco María Rosa s/ Divorcio Vincular'." "V) Que con los diarios y recibos acompañados en autos -D. H.
- SOLICITA SE DICTE (235400597025812026)
- consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC." "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de MARIA ROSA SACCO -F 6.199.898 le sucede en carácter de universal heredero su hijo CRISTIAN PABLO MAZZUGLIA Y SACCO. Cése la intervención del Ministerio Fiscal. REGÍSTRESE. NOTIFIQUESE, a través de la remisión de copia digital de la presente en el domicilio electrónico del profesional y por añadidura a sus patrocinados/mandantes, teniéndose por cumplida la notificación el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere
- a aquél en que hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas (arts. 34 inciso 5to. ap. 'a' y 'e', 135 del CPCC; Acuerdos nro. 3991/2020, 4039/2021 SCJBA)." Se deja constancia que la resolución está firmada digitalmente por el Juez Fernando Sarries en la Ciudad de Quilmes.

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