MELINSKY GLENDA IVETH C/ FUSTER GUILLERMO BERNARDO S/ ESCRITURACION
La actora promovió demanda de escrituración para obtener la escritura traslativa de dominio sobre la unidad funcional designada en General Alvear 2117/2119, Bahía Blanca. El Tribunal hizo lugar a la demanda ante el allanamiento real e incondicionado del demandado y lo condenó a escriturar en 30 días, con apercibimiento de suscripción por el juez a cargo y costas conforme lo fundamentado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Glenda Iveth Melinsky, con patrocinio del Dr. Ricardo Damián Lucisich.
Demandado: Guillermo Bernardo Fuster, con patrocinio del Dr. Francisco Fuster.
Objeto: Se solicita la escrituración traslativa de dominio del inmueble identificado con nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección A, Quinta 95, Manzana 95 k, parcela 10, partida 156241 (origen), subparcela I (Unidad Funcional I), en virtud de un contrato de compraventa celebrado el 3/5/2007 y la poseción otorgada en esa fecha.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda de escrituración; se condenó al demandado a otorgar la escritura dentro de los 30 días de consentida o ejecutoriada la sentencia, con apercibimiento de que, de no hacerlo, la suscribirá el juez a costa del demandado. Se regularon las costas según lo justificado en el considerando.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"Que el allanamiento del demandado a la pretensión de la actora, exime de considerar y valorar las restantes constancias de la causa. Que por lo demás el mismo resulta admisible en los términos prescriptos por el art. 307 del C.P.C.
Que en este punto es de remarcar que el allanamiento en cuestión, al comportar un reconocimiento de la razón que asiste al actor, implica asimismo conformidad con sus alegaciones jurídicas, ya que quien está de acuerdo en lo más (que son las pretensiones), lo está también en lo menos (que son los hechos en que se basan).
Que en tal virtud corresponde hacer lugar a la demanda de escrituración promovida por la actora, lo que así se resuelve ( arg. arts. 1.184 inc.1°, 1.185, 1.187 y conc. del Código Civil; arts. 307, 375, 384 y conc. del C.P.C.)."
"FALLO: esta causa seguida por GLENDA IVETH MELINSKY contra FUSTER GUILLERMO BERNARDO haciendo lugar a la demanda de escrituración, condenando al accionado a escriturar dentro de los 30 días de consentido o ejecutoriado el presente pronunciamiento, el inmueble designado con la nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección A, Quinta 95, Manzana 95 k, parcela 10, partida 156241 (origen), subparcela I (arg. arts. 34 inc. 4° y 163 inc.6° del C.P..C), debiendo las partes observar los deberes de colaboración recíproca y abstenerse de actos antifuncionales, destinado a ello el fin dispuesto, bajo apercibimiento de ser suscripta por el infrascripto a costa de demandado (art. 163 inc. 7°, 510 y 511 del C.P.C.)."
Además, sobre costas:
"Que en cuanto al curso de las costas causídicas devengadas por la tramitación del proceso, dada la forma en que han quedado resueltas las cuestiones introducidas en autos motivo del presente pronunciamiento, en particular con el allanamiento del demandado y la carta documento remitida con fecha 11/03/2008 por el demandado, acompañada por el actor al expediente nro. 52157, de tramite por ante el Juzgado Civil y Comercial nro. 8 , se imponen por su orden (arts. 70 inc. 2°, 77, 163 inc. 8º y 307 del C.P.C.C.)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: