Legajo Nº 1 - QUERELLANTE: PARRONDO, GUILLERMO IMPUTADO: GARGIULO, HÉCTOR HUGO s/LEGAJO DE CONTROL
Se solicitó la prórroga de la prisión preventiva de Héctor Hugo Gargiulo en el marco de la causa caratulada “GARGIULO, Héctor Hugo s/ Ley 24.390”. La Cámara Federal de Casación Penal homologó la prórroga por un año desde el 16 de julio de 2026, sosteniendo que los fundamentos se ajustan a la Ley 24.390 y que debe garantizarse el inicio del debate el 7 de abril de 2027.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (solicitó la prórroga).
Demandado: Héctor Hugo Gargiulo (imputado).
Objeto: Prórroga de la prisión preventiva por el término de 1 año a partir del 16 de julio de 2026, conforme artículo 1 de la Ley 24.390.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal tomó conocimiento y homologó la prórroga de la prisión preventiva por un año; además encomendó al tribunal de juicio garantizar el inicio del debate para el 7 de abril de 2027 e imprimir celeridad a su desarrollo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes, lenguaje original del tribunal):
"El Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de Rosario resolvió prorrogar la prisión preventiva de Héctor Hugo Gargiulo por el término de 1 año a partir del 16 de julio de 2026."
"Conferida la vista al señor Fiscal General ante esta Cámara consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva del imputado."
"Los fundamentos expresados en la decisión bajo control se ajustan a los parámetros establecidos en la Ley 24.390 (conforme arts. 1 y 2 de la Ley 24.390 y 210, inciso K, 221 y 222 del C.P.P.F., implementado por el art. 1 de la Resolución 2/19 de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal B.O: 13/11/19), interpretada a la luz de las pautas delineadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fallos: 335:533 (“Acosta”), en una causa en la que también se investigaban delitos de lesa humanidad."
"En particular, se toma en cuenta la naturaleza, dimensión y gravedad de los hechos endilgados, y la complejidad del proceso."
"Asimismo, se considera que se ha designado fecha de inicio de debate para el 7 de abril de 2027 y que Héctor Hugo Gargiulo se encuentra en prisión domiciliaria."
"Por tales motivos, a fin de garantizar la presencia del imputado, es que estimamos conveniente mantener la medida impuesta (arts. 75 inc. 22 de la CN, 9.3 del PIDCyP y 7.5 de la CADH)."
"Por ello, el Tribunal RESUELVE: I. TOMAR NOTA de lo resuelto e informado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de Rosario respecto de la prórroga de la prisión preventiva de Héctor Hugo Gargiulo a partir del 16 de julio de 2026, por el término de un año, de conformidad con lo previsto por el artículo 1 de la ley 24.390. II. ENCOMENDAR al tribunal de juicio a que garantice el comienzo del debate en la fecha señalada y, a la vez, encomendar que, iniciado, imprima celeridad a su desarrollo."
(Votos: resolución por mayoría de la Sala IV integrada por Javier Carbajo, Gustavo M. Hornos y Mariano Hernán Borinsky.)
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