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CASAVI SA C/ SCIORRA MARIA FLORENCIA Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO

Cobro ejecutivo por capital adeudado y ejecución con remate ordenada por el Tribunal. El Tribunal declaró perdido el derecho de los ejecutados a oponer excepciones y mandó llevar adelante la ejecución y remate hasta cobrar $3.493.000 más intereses pactados y costas.

Cobro ejecutivo Ejecucion Remate Perdida de defensa Intereses pactados Mora 20/5/2025 Costas Apercibimiento Cpcc arts. 41 116 155 518 540 548 Monto $3.493.000.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CASAVI SA. Demandado: SCIORRA MARIA FLORENCIA y LURAGHI MATIAS EMILIANO. Objeto: Cobro ejecutivo del capital reclamado de TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 3.493.000), más intereses pactados y costas del juicio; ejecución y remate del bien embargado.
- Qué se resolvió (Decisión del Tribunal): Se declaró que los ejecutados han perdido el derecho a oponer excepciones por no haberlas opuesto en término; se ordenó tramitar la causa hasta remate y llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital reclamado de $3.493.000, más intereses y costas; se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado y se hizo efectivo el apercibimiento previsto en los arts. 41 y 540 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "No habiendo los ejecutados: SCIORRA MARIA FLORENCIA y LURAGHI MATIAS EMILIANO -debidamente intimados de pago y citados de remate en el domicilio sito en 'Lincoln 1162 Partido de Merlo' , (conforme lo informado por el Oficial Notificador en fecha 29/4/2026) opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155, CPCC).
- Por ello, conforme con lo pedido y lo dispuesto por los arts. 518, 540 y 548 del C.P.C.C.," "FALLO: Esta causa trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto los ejecutados SCIORRA MARIA FLORENCIA y LURAGHI MATIAS EMILIANO hagan al acreedor CASAVI SA íntegro pago del capital reclamado de TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL ($ 3.493.000) , con mas los intereses pactados en la clausula quinta (0,4%), siempre y cuando en los distintos periodos de aplicación no superen una vez y media la tasa que cobra el Banco Provincia en sus operaciones de descuento a 30 días (TASA ACTIVA), en cuyo caso los mismos quedarán morigerados a dicho límite, que habrán de calcularse desde la fecha de la mora: 20/5/2025 hasta el efectivo pago y las costas del juicio (arts. 68 y 556 del Código Procesal, Cfrme. fallo de la Sala II de la Excelentísima Camara de Apelaciones Dptal. dictado el día 6/6/2024 en autos 'COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO BICENTENARIA LIMITADA C/ TOLEDO CRISTIAN MARTIN S/ COBRO EJECUTIVO' MO-13162-2021, en trámite por ante este Juzgado)." "REGISTRESE Y NOTIFIQUESE a 20210025481@notificaciones.scba.gov.ar.
- No habiendo comparecido los ejecutados hácese efectivo el apercibimiento previsto en los arts. 41 y 540 del CPCC, a cuyo fin, tiénesele por constituído el domicilio en los ESTRADOS DEL JUZGADO.-"

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