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MORASSO CRISTIAN MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas del régimen de la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda: declaró la inaplicabilidad o inconstitucionalidad de determinadas normas reglamentarias, fijó pautas y metodología de cálculo a aplicarse, diferió varios planteos (entre ellos la revisión de la ley 27.609 y el análisis actuarial por confiscatoriedad) para la etapa de ejecución, rechazó el pedido de refuerzos extraordinarios y ordenó a ANSeS realizar las liquidaciones dentro de los 120 días de sentencia firme.

Reajustes varios Pbu $326 Prestacion compensatoria Inconstitucionalidad resol. sss 6/09 art.14.2 Prescripcion (art.82 ley 18.037) Ley 27.609 diferimiento Refuerzos extraordinarios rechazados Costas a anses Intereses bcra tasa pasiva Honorarios 15%

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MORASSO CRISTIAN MARIO (parte actora/jubilado) Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) Objeto: Reajuste de haberes previsionales (recalculo del haber inicial y componentes: PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia), declaración de inconstitucionalidad de normas y pago de diferencias; reserva del caso federal. Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se limitó la operatividad temporal por prescripción (dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, salvo fecha de adquisición del beneficio); se ratificaron parámetros legislativos y jurisprudenciales para el cálculo del haber (aplicación de leyes 26.417, 27.426, 27.609 y precedentes de la CFSS y CSJN), se declaró inconstitucional el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 6/09 (tope a la actualización de remuneraciones), se difirió el examen de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a la ejecución (con límite operativo del 15%), se rechazó el pedido de refuerzos extraordinarios, impuso costas a ANSeS y reguló honorarios (15% del crédito resultante, con pautas subsidiarias).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre prescripción: "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." 2) Sobre la PBU y precedentes: "Dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%." 3) Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución S.S.S. 6/09: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 4) Sobre la ley 27.609 y diferimiento: "La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone... que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional... En tales términos, entiendo que en esta etapa, más allá del contenido del introductorio y sus adjuntos es apresurado tener por configurados todos los supuestos que aquí se detallan, por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo." 5) Sobre los refuerzos extraordinarios: "Los refuerzos previsionales... constituyen prestaciones de carácter extraordinario y transitorio... La exclusión del actor del beneficio cuestionado, no configura por sí misma una violación del principio de igualdad... Concluyo que admitir la pretensión de la parte actora, implica desnaturalizar la finalidad del refuerzo previsional... Por ello... Rechazar la pretensión relacionada con abonar al presentante los suplementos extraordinarios." 6) Parte resolutiva y montos/plazos: "Ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos... proceda en la forma aquí dispuesta. ... Para el cómputo de las acreencias retroactivas... deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados... 7) Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). 8) Regúlanse honorarios... en el 15% del importe del crédito que por todo concepto resulte en favor del reclamante... adicionando en el caso de corresponder, el porcentaje correspondiente a IVA."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia en el cuerpo de la sentencia.

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