CAMBA JOSE LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES solicitando el recalculo y reajuste de haberes previsionales en el marco de la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recalculo y pago de diferencias con las pautas de movilidad y prescripción fijadas, y difirió varios puntos para la etapa de ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: José Luis Camba (parte actora).
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste y recalculo de haberes previsionales asignados conforme ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables; pago de las diferencias correspondientes.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró inconstitucional el art. 14.2 de la Res. S.S.S. 6/09 (actualizada por Res. 03/21), se diferenció tratamiento de otras cuestiones (p. ej. PBU, Ley 27.609, artículos 9/24/26 de la ley 24.241) para la etapa de ejecución y se ordenó a ANSeS recalcular el haber en 120 días desde la firmeza de la sentencia, abonar las diferencias y aplicar intereses conforme tasa pasiva promedio mensual capitalizable del BCRA. Se impusieron costas a ANSeS (art. 36 ley 27423) y se regularon honorarios (15% del crédito).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre prescripción: "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
2) Sobre PBU y precedentes: "Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%."
3) Sobre inconstitucionalidad de la Resolución: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto."
4) Sobre diferimiento y modo de ejecución: "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale'...)."
5) Parte resolutiva con plazos y montos: "ordeno a la A.N.Se.S. que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos ... proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados... (y no pudiendo resultar una suma inferior a la efectivamente percibida) ... Para el cómputo de las acreencias retroactivas ... deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en el considerando; el fallo es monocrático.
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