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MACIEL MARIA ALICIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El expediente trata la declaratoria de herederos por fallecimiento de María Alicia Maciel, con rectificación del nombre del cónyuge supérstite. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros que suceden como herederos los hijos y el cónyuge supérstite, confirmando la declaratoria y precisando que al cónyuge se le reconoce heredar bienes propios y los derechos sobre gananciales que la ley prevé.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Rectificacion de acta Conyuge superstite Herencia de bienes propios Gananciales Ministerio fiscal Ccyc arts. 2337 2340 2424 2426 2433 Cpcc arts. 735 737 Junin (b)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Peticionantes que solicitaron la rectificación y la declaratoria de herederos: SATURNINO JOSE GONZALEZ ALZAGA y AUGUSTO MARIANO GONZALEZ ALZAGA. Demandado: Causante/finado: MARIA ALICIA MACIEL. Objeto: Rectificación de la declaratoria de herederos y formal declaración de herederos por fallecimiento de María Alicia Maciel. Decisión: Se rectificó la declaratoria de herederos de fecha 7/7/2026 respecto del nombre del cónyuge supérstite y se declaró, en cuanto ha lugar, que por el fallecimiento de María Alicia Maciel le suceden en carácter de herederos sus hijos SATURNINO JOSE GONZALEZ ALZAGA y su cónyuge supérstite AUGUSTO MARIANO GONZALEZ ALZAGA; además se declaró que el cónyuge hereda en cuanto a los bienes propios y sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "Siendo exacto lo expuesto y lo que surge de las constancias de autos, rectifícase la declaratoria de herederos dictada en autos a fecha 7/7/2026 respecto el nombre del cónyuge superstite, resultando que Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts 7, 2.337, 2.340, 2424, 2426, y 2433 del CCyC y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de MARIA ALICIA MACIEL le suceden en carácter de herederos sus hijos SATURNINO JOSE GONZALEZ ALZAGA y su cónyuge supérstite AUGUSTO MARIANO GONZALEZ ALZAGA a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales." "Regístrese con relación a la D.H de fecha 7/7/2026." (Se consignan como fundamentos la conformidad con lo pedido, el dictamen del Ministerio Fiscal y la remisión a los arts. 7, 2337, 2340, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial y 735 y 737 del CPCC.)

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