MORALES FACUNDO MATIAS C/ RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Solicitud de beneficio de litigar sin gastos en causa por daños y perjuicios. El Tribunal concedió el beneficio solicitado, autorizando al actor a litigar sin satisfacer costas ni otros gastos judiciales mientras no mejore su situación económica, con la salvedad del art. 84 del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MORALES FACUNDO MATIAS.
Demandado: RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA y GRIMALDI SILVANA ANALIA.
Objeto: Se indica que el actor promoverá juicio por daños y perjuicios contra los demandados.
Decisión: Se concedió al actor el beneficio de litigar sin gastos, de modo que pueda litigar sin tener que satisfacer el pago de las costas u otros gastos judiciales, mientras no mejore su fortuna, con la salvedad del artículo 84 del CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado en la presentación liminar y, elementos traídos a juicio; declaraciones testimoniales y declaración jurada anexada en pdf con el escrito de fecha 19 de mayo del corriente, que aprecio de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art. 384 y 456 del CPCC) y, en orden a lo normado por los arts. 78, 79, 81, 82, y 85 del C.P.C.C.,"
"RESUELVO: Conceder a MORALES FACUNDO MATIAS , el BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS solicitado, a los fines que pueda afrontar el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS interpondrá contra RÍO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA y GRIMALDI SILVANA ANALIA sin tener que satisfacer el pago de las costas u otros gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en el art. 84 del CPCC.-REGISTRESE. NOTIFIQUESE."
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