DE HAXTHAUSEN ENRIQUE FRANCISCO Y ALVAREZ OTILIA DEMETRIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
El trámite es una declaratoria de herederos en sucesión abintestato de Enrique Francisco de Haxthausen y Otilia Demetria Álvarez por fallecimiento. El Tribunal declaró herederos a Enrique Oscar de Haxthausen y a Otilia Demetria Álvarez (en cuanto a bienes propios) por el fallecimiento de Enrique Francisco, y a Enrique Oscar como heredero de Otilia, por considerar acreditados matrimonio, filiaciones, defunciones y cumplidas las publicaciones e informes registrales exigidos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No surge un actor particular claramente individualizado en el proveído; intervino y dictaminó el Sr. Agente Fiscal.
Demandado: Sucesión ab-intestato de DE HAXTHAUSEN ENRIQUE FRANCISCO y ÁLVAREZ OTILIA DEMETRIA.
Objeto: Declaratoria de herederos y constatación de sucesión por fallecimiento de los causantes.
Decisión: Se declaró por derecho que, por el fallecimiento de ENRIQUE FRANCISCO DE HAXTHAUSEN, le suceden en carácter de herederos su hijo ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN y su cónyuge OTILIA DEMETRIA ÁLVAREZ (en cuanto a bienes propios), y que por el fallecimiento de OTILIA DEMETRIA ÁLVAREZ le sucede en carácter de heredero su hijo ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN. Cesa la intervención del Agente Fiscal. Notifíquese y regístrese.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto literal desde la sentencia):
"Con los certificados de defunción adjuntos al escrito de fecha 29/05/2025, el fallecimiento de los causantes ENRIQUE FRANCISCO DE HAXTHAUSEN, ocurrido el día 18 de agosto de 2020 y de OTILIA DEMETRIA ÁLVAREZ, ocurrido el día 6 de julio de 2022, ambos en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Con el acta adjunta al escrito de fecha 29/05/2025, el matrimonio de los causantes, celebrado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el día 29 de junio de 1956.-
Con las actas adjuntas al escrito de fecha 29/05/2025, el nacimiento y filiación de los hijos de los causantes llamados ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN, ocurrido el día 3 de octubre de 1957 y MARCELO ALFREDO DE HAXTHAUSEN, ocurrido el día 1 de noviembre de 1961, ambos en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Con las actas adjuntas de los escritos de fechas 29/05/2025 y 24/06/2026, respectivamente, el fallecimiento de los hijos de los causantes, MARCELO ALFREDO DE HAXTHAUSEN, ocurrido el día 30 de marzo de 2013, y ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN, ocurrido el día 11 de noviembre de 2024, ambos en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Con los comprobantes adjuntos al escrito de fecha 09/06/2026, haber dado cumplimiento con la publicación de edictos ordenada en fecha 10/06/2025, sobre cuyo resultado y vencimiento certifica la Actuaria en fecha 11/06/2026.
Con los informes del Registro de Testamentos de fecha 06/03/2026, se dio cumplimiento con el art. 724 del C.P.C. (modificado según ley 11.511) y con el informe del Registro de Juicios Universales de fecha 11/06/2025, se dio cumplimiento con la ley 7205.
POR ELLO, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal en fecha 03/07/2026, lo dispuesto por el art. 2426 del Código Civil y Comercial de Nación y el art. 735 del Código Procesal, se declara en cuanto ha lugar por derecho que por el fallecimiento de ENRIQUE FRANCISCO DE HAXTHAUSEN le suceden en carácter de herederos, su hijo, ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN y su cónyuge, OTILIA DEMETRIA ALVAREZ, en cuanto a los bienes propios se refiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda sobre los gananciales. Asimismo, por el fallecimiento de OTILIA DEMETRIA ALVAREZ, le sucede en carácter de heredero, su hijo, ENRIQUE OSCAR DE HAXTHAUSEN."
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