Logo

CONTRERAS ADRIANA ELIZABETH C/ KILLING GUILLERMO JOSE S/ DESALOJO FALTA DE PAGO

La actora promovió demanda de desalojo por falta de pago respecto del inmueble sito en Corvalán 2794, Moreno, reclamando la desocupación y costas. El Tribunal hizo lugar a la demanda por comprobarse el contrato y la falta de pago de los últimos tres meses, ordenando el desalojo en 10 días y la imposición de costas a la demandada.

Desalojo por falta de pago Locacion Rebeldia Contrato de locacion Corralan 2794 (moreno) Canon $180.000 Apertura de prueba / autos para sentencia Costas a la vencida Lanzamiento con fuerza publica Subinquilinos/ocupantes

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Adriana Elizabeth Contreras, DNI 17.785.607. Demandado: Guillermo José Killing, DNI 22.425.615; y se ordenó notificar a subinquilinos y/u ocupantes, y se desistió respecto de los garantes Marcos Ulises Altamirano y Micaela Ayelén Killing. Objeto: Desalojo por falta de pago del inmueble ubicado en Corvalán 2794, Partido de Moreno; condena al desalojo bajo apercibimiento de lanzamiento y costas. Decisión: Se hace lugar a la demanda; se condena a Guillermo José Killing y a subinquilinos/u ocupantes al desahucio del inmueble en el plazo de diez días desde que la sentencia quede consentida o ejecutoriada, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública; costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "III.
- Rebeldía: Cabe recordar que la declaración de rebeldía sólo crea una presunción a favor del actor de la veracidad de los hechos lícitos y pertinentes que constan en la demanda, pero no impone al juez una decisión favorable a las pretensiones del actor, sino que lo autoriza para acceder a ellas si fueran justas y estuvieran en forma ( CC0001 SM, 62364 RSD-58-10 S 27/05/2012 Juez Lami, caratula Vides, Maria Eulalia c/ Fuentes, Gabriela Ibin y otro s/Desalojo)... 'La declaración de contumacia constituye una verdadera sentencia interlocutoria ( art.161 del CPCC ), declarativa de certeza negativa, cuyos efectos se producen en todos los actos procesales siguientes. La rebeldía del demandado debe tenerse como equivalente al silencio o negativa a contestar, es decir, que debe admitirse la verdad de los hechos lícitos expuestos en la demanda y la autenticidad de la documentación acompañada' (voto de la Dra. Ludueña, en causa 25.375... PODETTI, 'Tratado de los actos procesales')." "IV.-La Decisión: Conforme a esas directivas, he de tener por auténtico el contrato de locación que se encuentra agregado digitalmente al momento de promover la acción (28/8/2025) y físicamente por nota respectiva (22/5/2026), celebrado entre la actora y la demandada Killing con respecto al bien cuyo desalojo se pretende, y probada la falta de pago en los cánones convenidos en la cláusula 3ra del mismo, entendiendo a partir de allí, que se encuentran reunidos en autos los requisitos básicos establecidos para la procedencia del desalojo por falta de pago (arts. 1219 inc. 3ro. del CCyCN), por lo que corresponde estimar favorable el planteo efectuado, debiendo fijarse un plazo para que la locataria de cabal cumplimiento a la desocupación del inmueble arrendado, bajo apercibimiento de lanzamiento (arts. 163 incs 6º y 7º y 676 del CPCC.)." FALLO (extracto relevante): "1ro) Hacer lugar a la demanda promovida por ADRIANA ELIZABETH CONTRERAS, DNI 17.785.607 contra GUILLERMO JOSE KILLING, DNI 22.425.615. Consecuentemente condeno a este último, y a SUBINQUILINOS Y/U OCUPANTES a proceder al desahucio del inmueble ubicado en la calle Corvalan Nro. 2794 ... en el plazo de diez días de quedar la presente debidamente consentida o ejecutoriada, bajo apercibimiento de proceder a su lanzamiento con auxilio de la fuerza pública. 2do) Las costas se imponen a la accionada en su condición de vencida (art. 68 del CPCC ), difiriéndose la regulación de honorarios..."
- Montos/fechas relevantes: Contrato de locación celebrado el 1/10/2024; canon mensual fijado en $180.000 con actualización trimestral por IPC; deuda por falta de pago de los meses de junio, julio y agosto de 2025; demanda promovida el 28/8/2025; desistimiento respecto de garantes el 11/11/2025; autos para sentencia el 23/6/2026; sentencia fechada y firmada en Moreno.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar