MARTIÑÁ NAHUEL C/ BRAÑA LORENA Y HEREDEROS DE MARCELO BRUNO PUPPARO S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
El actor promovió incidente por beneficio de litigar sin gastos y, posteriormente, desistió de la acción. El Tribunal admitió el desistimiento y declaró extinguido el proceso con costas a cargo del desistente, citando el art. 304 del CPCC y los arts. 68 y 77 del Código cit.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Nahuel Martiñá.
Demandado: Lorena Braña y los herederos de Marcelo Bruno Pupparo.
Objeto: Trámite relativo al beneficio de litigar sin gastos; consta el desistimiento de la acción por parte de la actora.
Decisión: Admitir el desistimiento formulado por la actora y declarar extinguido el proceso, imponiendo las costas al desistente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En Morón, informa verbalmente el Actuario en este acto (Art. 116 del CPCC) que, de acuerdo a lo establecido por la Resolución nº1242 de la SCJBA del 31/5/2006, la tasa de justicia y su contribución respectiva se encuentran exentas de pago por hallarse la materia objeto de autos comprendida en las previsiones del art. 297 del Código Fiscal, lo que se tiene presente y se hace saber a sus efectos.-"
"Al punto II: AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo manifestado y en virtud de las facultades que la desistente tiene para hacerlo, no habiendo obstáculo legal, admítase el desistimiento de la acción (art. 304 del CPCC.) formulado y, en su mérito y con los alcances previstos por la citada disposición legal, declárase extinguido el proceso, con costas al desistente (art. 68 y 77 Cód.cit.). REGÍSTRESE.-"
Además se deja constancia de la presentación electrónica de la Dra. CARRETERO Paula Belén (27350279127) el día 25/6/2026 a las 16:32:20hs y se ordena notificar conforme Ac. 4013/2021 de la SCBA.
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