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DURRELS ENRIQUE ALCIDES C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra Provincia Art SA S. El Tribunal homologó el acuerdo de transacción alcanzado por las partes regulando honorarios profesionales y estableciendo modalidades de pago.

Accidente de trabajo Homologacion de acuerdo Transaccion laboral Composicion de derechos Orden publico Ley de contrato de trabajo Regulacion de honorarios Accion especial

¿Qué se resolvió en el fallo?

Demandante: Durrels Enrique Alcides Demandado: Provincia Art SA S Objeto de la demanda: Acción especial por accidente de trabajo con posterior acuerdo de transacción que requería homologación judicial. Decisión del tribunal: El Tribunal del Trabajo de Zárate HOMOLOGÓ el acuerdo del 3-7-2026 exclusivamente sobre los rubros de reclamo y entre los sujetos intervinientes, conforme a los arts. 12, 13, 15 LCT y art. 30 ley 15057. Fundamentos principales: "Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15 L.C.T.; art. 30 ley 15057)." El criterio de homologación se sustentó en la verificación de que el acuerdo constituía una justa composición de derechos e intereses, sin afectación de derechos de orden público, requisitos esenciales para la procedencia de la homologación en materia laboral. Disposiciones ordenadas:
- Intimación al actor para acreditar dentro de dos (2) días la titularidad de cuenta bancaria (cuenta sueldo) para efectivizar los pagos, quedando suspendido el plazo de pago del capital hasta tanto se acredite debidamente la cuenta.
- Costas a cargo de la demandada, quien deberá acreditar el pago del 50% de la tasa de justicia y su contribución.
- Regulación de honorarios: representación letrada del actor en 48,24 ius; representación letrada de la demandada en 24,12 ius; peritos (contador, médico y técnico) en 7,23 ius cada uno, con más adicionales de ley e IVA.

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