FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LOVERA LUIS DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Luis Daniel Lovera por deuda de capital. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de $1.369.048,80 más intereses, al no haber opuesto excepciones legítimas en plazo.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Luis Daniel Lovera
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se promovió demanda de apremio provincial por deuda de capital de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 80/100 ($1.369.048,80).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda del Fisco, ordenando llevar adelante la ejecución contra el deudor hasta el íntegro pago del capital reclamado. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor LUIS DANIEL LOVERA haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 80/100 ($1.369.048,80) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda." Se fijó que los intereses se calcularán conforme a la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), establecida por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, conforme artículo 104 de la Ley 10.397.
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