BALIAN JORGE ALBERTO Y OTRO/A (68) S/ DILIGENCIAS PRELIMINARES
Caducidad de instancia por falta de impulso procesal. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia y condenó en costas a la parte ejecutante por incumplimiento del plazo establecido en el artículo 310 del CPCC.
Quién demanda: Parte ejecutante (no identificada nominalmente en la resolución).
¿A quién se demanda?
No especificado en la resolución.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un incidente de caducidad de instancia por falta de impulso procesal.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de instancia, impuso costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida y rechazó la regulación de honorarios por resultar inoficiosa. Fundamentos principales de la decisión: "Que con fecha 11 de junio de 2026, se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue la providencia de fecha 2 de febrero de 2026 la cual fue debidamente notificada a la ejecutante en fecha 03/02/2026 00:00:00 conforme lo establecido por el artículo 10 del Anexo I de la Ac. N° 4.013/21 de la SCBA (Texto cfr. Ac. 4.039/21 de la SCBA)." "Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en fecha 12/06/2026 00:00:00 en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." El fundamento central radica en el incumplimiento de la parte ejecutante de impulsar el proceso dentro del plazo legal establecido por el artículo 310 del CPCC, tras habérsele notificado debidamente la intimación previa prevista en el artículo 315 del mismo código. Transcurrido dicho plazo sin que la parte instara el proceso, el Tribunal hizo efectivo el apercibimiento y decretó la caducidad.
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