BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ LANGO EDUARDO MARTIN Y OTRO/A S/COBRO EJECUTIVO
El demandado cuestionó la liquidación de una deuda bancaria de $ 40.667,24 actualizada por $ 9.721.933,93 invocando la Ley de Defensa del Consumidor. El Tribunal declaró la nulidad de la liquidación y dispuso una nueva actualización limitada al 70% del CER sin adición de intereses, resultando en aproximadamente $ 8.731.443,25.
Quién demanda: Banco Santander Rio S.A.
¿A quién se demanda?
Eduardo Martín Lango y Ana Bravo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente sobre nulidad de liquidación de saldo deudor de cuenta corriente bancaria, invocando desproporción en la actualización según la Ley de Defensa del Consumidor.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la nulidad de la liquidación practicada por $ 9.721.933,93 y de la resolución que la aprobó (proveído del 6/08/2024), disponiendo una nueva liquidación con parámetros modificados. Fundamentos principales: "Que el demandado se presentó en autos a ejercer su derecho de defensa recién en el año 2025 pese a que se encontraba debidamente notificado, pero también ha existido cierta inacción por parte de la actora dado que la sentencia fue dictada el 24/04/2012." "En virtud de las consideraciones expuestas, y tomando lo manifestado en la vista conferida por la Sra. Agente Fiscal, a fin de alcanzar un monto justo para ambas partes bajo el principio del esfuerzo compartido, SE RESUELVE: Declarar la nulidad de la liquidación practicada y de la resolución que la aprobó (proveído de fecha 6/08/2024), disponiendo la realización de una nueva liquidación conforme los siguientes parámetros: Atento las características del presente crédito (un saldo deudor de cuenta corriente bancaria de $ 40.667,24 al 9/12/2010), estimo adecuado que en el caso concreto proceda la actualización con base en el fallo 'Barrios' aunque se limite a la actualización monetaria aplicando el 70% del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) sin adición de intereses." "El SMVM (Salario Mínimo Vital y Móvil) del 9/12/2010 era de $ 1.740,-, mientras que el de julio de 2026 es de $ 372.400,-, por lo que la actualización por SMVM arroja $ 8.703.724,24, suma similar a la propuesta del CER al 70%. En definitiva, la actualización mediante el CER al 70% es parecida a la evolución del SMVM, con ella se preserva el valor del crédito sin alejarse de la evolución de los salarios mínimos, por lo que no se beneficia ni perjudica a una parte por sobre la otra, ante el público y notorio proceso inflacionario que llevaron al dictado del fallo 'Barrios' de la SCBA."
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