JAIME ADOLFO ULISES C/ VIGALI MARIA ALEJANDRA Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Adolfo Ulises Jaime solicitó el beneficio de litigar sin gastos para actuar en una acción reivindicatoria. El Tribunal concedió la exención total del pago de costas judiciales al acreditar insuficiencia de medios económicos para afrontar los gastos de la acción.
Quién demanda: Adolfo Ulises Jaime
¿A quién se demanda?
Vigali María Alejandra y otro/a (en el proceso principal de acción reivindicatoria)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Beneficio de litigar sin gastos para actuar en juicio de acción reivindicatoria (Expte. nº MG-14085-2024)
¿Qué se resolvió?
Se concedió el beneficio de litigar sin gastos con exención total del pago de costas o gastos judiciales hasta que mejore de fortuna.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que el instituto no debe ser interpretado estrictamente, excluyendo a quienes no acrediten un estado de indigencia, debiendo comprender -también
- a los que tienen medios suficientes para su subsistencia, pero los mismos no alcanzan para afrontar los gastos y honorarios de la acción de referencia, debiendo meritar -asimismo
- la entidad económica de la litis, como condicionante de las posibilidades reales del justiciable, todo ello para asegurar la adecuada e igualitaria prestación del servicio de justicia."
"Que la prueba rendida, tanto declaraciones de fs. 19/6/2023-4/7/2023--4/8/2024 así como la declaración jurada acompañada con fecha 28/4/2023, apreciada conforme a las reglas de la 'sana crítica' (arts. 80 y 384 del Cód. Proc.) reúne las pautas valorativas expuestas precedentemente."
El Tribunal aplicó una interpretación amplia del beneficio de litigar sin gastos, no limitándola a la indigencia absoluta, sino considerando la insuficiencia de medios para afrontar específicamente los gastos de la acción y la entidad económica del litigio como factores determinantes.
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