PODER JUDICIAL - DEPARTAMENTO DE COBRO DE HONORARIOS DE PERITOS O C/ NACIÓN SEGUROS S.A. S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE TASA DE JUSTICIA
El Departamento de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales promovió ejecución contra Nación Seguros S.A. por cobro de honorarios. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por $264.000 más intereses, rechazando cualquier exceso sobre los límites de moral y buenas costumbres.
Quién demanda: Poder Judicial
- Departamento de Cobro de Honorarios de Peritos Oficiales y Ejecución de Tasa de Justicia
¿A quién se demanda?
Nación Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de honorarios de peritos por suma de Pesos Doscientos Sesenta y Cuatro Mil ($264.000)
¿Qué se resolvió?
Se mandó llevar adelante la ejecución promovida contra Nación Seguros S.A. por la totalidad del capital reclamado de $264.000 más intereses calculados conforme a las pautas establecidas, imponiéndose las costas al demandado vencido. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada comparecido conforme a derecho (art. 56 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fuera intimada de pago en su domicilio electrónico (30678561165-demandas-oficios@acuerdo3989.notificaciones), según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar." "En cuanto a los intereses convenidos cabe señalar que la Corte Suprema de Justicia reiteradamente ha dispuesto que la obligación del deudor no puede exceder el crédito actualizado con un interés que trascienda los límites de la moral y buenas costumbres, en cuya observancia está interesado el orden público. En consecuencia éstos deben calcularse según los réditos pactados en el documento base de la ejecución, teniendo como tope anual la tasa que percibe el Banco de la provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos (tasa activa) vigente en cada periodo de aplicación, y hasta el efectivo pago (conf. art. 549 del CPC, arts. 768 inc. C, 769, 771, 794 y concs del CCyCN y lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mercedes en reciente fallo autos Banco de la Provincia de Buenos Aires c/ Mongelos Nicacio s/ Cobro Ejecutivo, SII-33639, 06/09/2022)." "Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts. 556 y 68 del CPCC)."
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