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MANCILLA, DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por el recálculo y actualización de su jubilación y reajustes varios. La Cámara Federal de Salta revocó parcialmente la sentencia de grado: confirmó la mayor parte del recalculo ordenado y modificó la pauta de movilidad aplicable al mensual 03/2018, imponiendo la ley 27.426 para ese período.

Mancilla Anses Recalculo de haber Isbic Ley 27.426 Pbu Tasa de sustitucion Inconstitucionalidad topes Movilidad previsional Sala ii camara federal de salta

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sr. Domingo Mancilla. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajustes y recálculo del haber inicial jubilatorio adquirido el 5/7/2016 bajo la ley 24.241, actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, aplicación de índices de movilidad y recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), entre otros extremos. Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSeS; revocó la decisión de grado en cuanto a la pauta de movilidad aplicable al mensual 03/2018 (ordenando aplicar la ley 27.426 para los mensuales 03/18 y 06/18) y confirmó lo demás resuelto en la sentencia de 12/08/2025. Dispuso sin costas de Alzada por falta de contradictorio.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) "Que vienen las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social en contra de la sentencia del 12 de agosto de 2025 en cuanto hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por el Sr. Domingo Mancilla..." (VISTO Y CONSIDERANDO, párr. 1). 2) Sobre el índice de actualización de remuneraciones: "lo dispuesto por el juez de grado sobre el índice aplicado (ISBIC) resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Sala II ... en el antecedente 'García, Miguel ...' sentencia del 31/07/2018, y 'Díaz Cortez, Fátima Sorka ...' sentencia del 04/12/2018, por lo que -en honor a la brevedad
- corresponde remitirse a los fundamentos allí vertidos..." (párr. 4). 3) Respecto de la PBU: "proced e confirmar el diferimiento del análisis del recálculo de la PBU de origen para la etapa de liquidación." (párr. 5). 4) Sobre la tasa de sustitución: "si bien no corresponde fijación de una 'tasa' de sustitución ... ello no enerva el derecho del accionante de acreditar en la etapa de ejecución la necesidad de establecer un suplemento que resguarde los principios de 'sustitutividad' y de 'proporcionalidad' ..." (párr. 6, cita de precedentes). 5) Cambio respecto de la movilidad 03/2018: "Que sobre la aplicación de la ley 27.426, atento a lo resuelto por la Corte Suprema ... se hace lugar al agravio de la demandada y se revoca lo decidido en grado ordenando que en los mensuales 03/18 y 06/18 se apliquen los aumentos otorgados por la citada ley (cfr. Res. ANSES E 28 y 88 de 2018)." (párr. 7). 6) Resolutivo: "I.
- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por la ANSeS y, en consecuencia, REVOCAR lo decidido en la sentencia del 12 de agosto de 2025 en cuanto a las pautas de movilización para el mensual '03' de 2018 y, ORDENAR que a dicho período se aplique la movilidad establecida en la ley 27.426, CONFIRMÁNDOLA en lo demás que decide. II.
- SIN COSTAS de Alzada por falta de contradictorio (art. 68, 2° párr. del CPCCN)." (Resolución final).

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