MAIDANA DIAZ LEANDRO NICOLAS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/DAÑOS Y PERJUICIOS
Acuerdo conciliatorio en demanda por daños y perjuicios derivados de infortunio laboral. El Tribunal homologó la conciliación por la que la aseguradora pagará $5.800.000 en única cuota, considerando que se obtuvo una equitativa composición de derechos sin violación del orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): MAIDANA DIAZ LEANDRO NICOLAS A quién se demanda (Demandado): PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Daños y perjuicios derivados de un infortunio laboral. Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes en audiencia del 26 de junio de 2026, por el cual la demandada se obliga al pago de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($5.800.000), pagaderos en una única cuota el 27/07/2026 mediante depósito en cuenta bancaria de la parte actora. La demandada soportará las costas del acuerdo. Fundamentos principales de la decisión: El voto del Dr. Coello Grassi expresó: "Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL PRESENTE ACUERDO (art. 12, 15 LCT, 24. 25 y 30 ley 15.057)." Los Dres. Borlenghi y Canabal votaron en idéntico sentido por compartir fundamentos, alcanzándose unanimidad en la homologación del acuerdo. El Tribunal estableció cláusulas de incumplimiento: ante la falta de pago de cualquiera de las cuotas, su pago extemporáneo o insuficiente, caducará de pleno derecho los plazos acordados, resultando exigible la totalidad del monto desde la fecha de la mora, en forma automática y sin necesidad de interpelación. Se estableció además que el capital adeudado se actualizará mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y se añadirá un interés puro del 3% anual desde la fecha de la mora hasta el efectivo pago. Se reconocieron honorarios al letrado de la actora en el 20% del monto del acuerdo con más los porcentajes de ley, y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes (abogados, perito contador, perito médico, perito psicólogo e ingeniero).
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