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SANCHEZ VEDIA CAROLINA LILIANA C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

Carolina Liliana Sánchez Vedia promovió acción de revisión de resolución de comisión médica jurisdiccional conforme la Ley 15.057 contra Federación Patronal Seguros S.A.U. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, considerando que constituye una justa composición de derechos e intereses y no vulnera principios de orden público.

Accion de revision Comision medica jurisdiccional Ley 15.057 Conciliacion Homologacion Cosa juzgada Acuerdo Seguro Derecho laboral

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Carolina Liliana Sánchez Vedia A quién se demanda (Demandado): Federación Patronal Seguros S.A.U. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional conforme Ley 15.057 Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal de Trabajo N°3 de Quilmes homologó el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes, otorgándole efectos de cosa juzgada conforme los artículos 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y 30 de la Ley 15.057. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. María Marta Garay expresó en su voto: "la conciliación a que arriban las partes para poner fin al proceso, no vulnera ningún principio de orden público y constituye, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes, tal cual se los plantea en la controversia sometida a decisión del Tribunal. En consecuencia la homologación solicitada resulta procedente (arts. 15 de la L.C.T.; 30 de la ley 15.057)." Las Dras. Silvia Cristina Bozzola y Silvia Ester Bártola votaron en el mismo sentido por análogas consideraciones, alcanzando unanimidad en el Tribunal. El Tribunal ordenó que conforme lo dispuesto por el art. 17 de la ley 27.348, la obligada al pago deberá depositar el capital acordado en una cuenta bancaria perteneciente a Carolina Liliana Sánchez Vedia, condicionando la suspension del plazo de pago a que se acredite la titularidad exclusiva de la cuenta bancaria con los datos especificados (entidad, sucursal, tipo y número de cuenta, CBU, DNI, CUIT-CUIL).

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