HOLGUIN ANABELA ANAHI C/ YANNI MARCELO IGNACIO S/ DESPIDO
Demanda por despido: se homologa acuerdo conciliatorio por $8.000.000. El Tribunal de Trabajo homologó la transacción arribada entre las partes, imponiendo costas a la demandada y eximiendo de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo.
Quién demanda: Anabela Anahí Holguin
¿A quién se demanda?
Marcelo Ignacio Yanni
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de despido, resuelto mediante transacción conciliatoria entre las partes
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio por el cual se fija una suma total de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000) a favor de la demandante, pagaderos en la forma pactada. Se imponen costas a cargo de la demandada. Se exime de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual, caso contrario se liquidará tomando como base el monto del acuerdo. Se regulan honorarios del Dr. Álvaro Robelo en 32,16 JUS (equivalentes a $1.600.000 al momento del fallo), y se difiere la regulación de honorarios del Dr. Marcos Costantini.
Fundamentos principales:
La Dra. Bartoli expresó: "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma". En relación a la tasa de justicia, consideró que "en virtud de la normativa impuesta por los arts. 338 y 341, no dándose los supuestos contemplados por el art. 343 del Código Fiscal t.o. y siendo facultad privativa del magistrado de grado prevista por el art. 30
- tercer párrafo
- de la ley del fuero (15.057)" corresponde no eximir del pago.
La Dra. Slavin adhirió a los fundamentos del voto anterior, pero diintió en cuanto a la tasa de justicia, sosteniendo que "en virtud de lo dispuesto por el art. 30 3ro. parr. ley 15.057, considero que deberá eximirse su pago en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057)".
La Dra. Sallette adhiere por sus fundamentos al voto de la Dra. Slavin. Por mayoría se resolvió eximir de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo, caso contrario se liquidará tomando como base el monto del acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: