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ICAZATTI RAUL ALBERTO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se dictó declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato de Raul Alberto Icazatti, fallecido el 23 de diciembre de 2024. El Tribunal declaró como herederos a la viuda Haydee Mirta Sorbello y a las hijas Mariela Virginia Icazatti y Gilda Luciana Icazatti.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Matrimonio Filiacion Regimen sucesorio Gananciales Bienes propios Publicacion de edictos Registro de juicios universales Derecho sucesorio.

Quién demanda: Claudia Elena Laborde, patrocinante de las pretensas herederas en la sucesión ab-intestato de Raul Alberto Icazatti.

¿A quién se demanda?

A la sucesión de Raul Alberto Icazatti.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita que se dicte la declaratoria de herederos en la sucesión ab-intestato del Sr. Raul Alberto Icazatti (DNI 8.113.207), fallecido el 23 de diciembre de 2024 en Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declara como herederos al causante: a) la Sra. Haydee Mirta Sorbello, cónyuge del causante (en cuanto a los bienes propios y los derechos sobre gananciales); b) la Sra. Mariela Virginia Icazatti, hija del causante; y c) la Sra. Gilda Luciana Icazatti, hija del causante. Fundamentos principales de la decisión: Se acredita mediante certificado de defunción el fallecimiento del Sr. Raul Alberto Icazatti ocurrido el día 23/12/2024 en Mar del Plata. Se acredita con copia certificada del acta el matrimonio del causante con Haydee Mirta Sorbello, celebrado el 7/12/1972 en Rafael Castillo, Partido de la Matanza. Se acreditan con copias certificadas de actas el nacimiento de las hijas del causante: Mariela Virginia Icazatti (nacida el 5/1/1975) y Gilda Luciana Icazatti (nacida el 25/10/1977). "Con los ejemplares y recibos agregados en fecha 19/5/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2do. del C.P.C. [...] el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario." "En fechas 9/10/2025, 13/2/2026 y 8/10/2025 respectivamente obran los oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos e IPS." La decisión se fundamenta en lo dispuesto en los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C., declarando la sucesión "en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros."

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