BASGALL GASPAR GERARDO Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicitó declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato por fallecimiento de Basgall Gerardo Gaspar y Roman María Carmen. El Tribunal declaró herederos a los hijos del matrimonio y al nieto en representación de su madre premuerta, confirmando la validez de la publicación de edictos y cumplimiento de requisitos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quién demanda (Actor): Basgall Maria Marcela, Basgall Gerardo Enrique, Basgall Gloria Beatriz, Basgall Marta Rosa y Lopez Marcelo Enrique (en representación de su madre prefallecida Basgall Maria Mercedes), patrocinados por el Dr. Bercovich Federico. A quién se demanda (Demandado): No aplica. Se trata de un trámite sucesorio ab-intestato. Qué se reclama (Objeto de la demanda): Declaratoria de herederos por fallecimiento de Basgall Gerardo Gaspar (ocurrido el 01/10/2023) y Roman María Carmen (ocurrido el 26/05/2024). Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal declaró herederos del causante Basgall Gerardo Gaspar a: Basgall María Marcela, Basgall Marta Rosa, Basgall Gloria Beatriz, Basgall Gerardo Enrique, Lopez Marcelo Enrique (en representación de su madre Basgall María Mercedes) y la cónyuge Roman María Carmen. A su vez, declaró herederos de Roman María Carmen a los mismos sujetos (los hijos del matrimonio y el nieto en representación de su madre). Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal basó su decisión en el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en los artículos 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículos 735, 737 y concordantes del Código Procesal Civil. La sentencia sostiene: "Que con los ejemplares y recibos agregados a fecha 22/4/2026 se acredita haber efectuado la publicación de edictos ordenada en autos según lo previsto por el art. 734 inciso 2° del C.P.C. y 2340 del CCyC, 2° párr." "Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario." "Que a 16/04/2026, 17/04/2026 y 29/04/2026, obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, Registro de Testamentos y el IPS." El Tribunal verificó mediante documentación acompañada en PDF: (i) los certificados de fallecimiento de ambos causantes; (ii) el certificado de matrimonio celebrado el 26/02/1965; (iii) los certificados de nacimiento de los cinco hijos del matrimonio; (iv) el certificado de fallecimiento de María Mercedes ocurrido el 04/01/1997; y (v) el certificado de nacimiento de López Marcelo Enrique, hijo de María Mercedes. Con base en estas acreditaciones y el cumplimiento de los trámites publicatorios, el Tribunal hizo lugar a la petición de declaratoria de herederos.
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