FIDEICOMISO GRUPO GESTOR C/ VALDEZ VERONICA ELIZABETH S/ COBRO EJECUTIVO
El ejecutante Fideicomiso Grupo Gestor promovió cobro ejecutivo contra Verónica Elizabeth Valdez por la suma de $534.060 provenientes de un pagaré endosado sin garantía ni recurso. El Tribunal hizo lugar a la demanda y mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital más intereses.
Quién demanda: Fideicomiso Grupo Gestor
¿A quién se demanda?
Verónica Elizabeth Valdez
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de $534.060 (Pesos Quinientos Treinta y Cuatro Mil Sesenta) provenientes de un pagaré pagadero a la vista, endosado sin garantía y sin recurso por Cartasur Cards S.A. a la orden del ejecutante, presentado al cobro el 12/12/2022.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda ejecutiva, disponiendo que se lleve adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada Verónica Elizabeth Valdez haga a la parte acreedora Fideicomiso Grupo Gestor el íntegro pago del capital reclamado. Fundamentos principales: "No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar." "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada VERONICA ELIZABETH VALDEZ haga a la parte acreedora FIDEICOMISO GRUPO GESTOR, íntegro pago del capital reclamado de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA ($534.060) provenientes de un pagaré pagadero a la vista por ese mismo valor, endosado sin garantía y sin recurso por CARTASUR CARDS S.A." "La suma indicada devengará intereses que se calcularán desde la fecha de la mora operada 12/12/2022, día de presentación al cobro del documento denunciado en el escrito de inicio, hasta el efectivo pago, respetando los pactados en el documento adjunto en tanto no supere por todo concepto a la tasa de interés activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de descuento a treinta días para el tipo de moneda convenida (doct. y arg. arts. 767, 768, 769 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación)." Se imponen costas a la parte ejecutada por resultar vencida, difiriendo la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación judicial.
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