BARRETO FRANCO FABIAN C/ CEJAS GABRIEL EDUARDO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Se interpone incidente de aclaratoria en demanda por daños y perjuicios. El tribunal se hace lugar al incidente y corrige error material referido a la fecha de inicio del cómputo de intereses en la sentencia definitiva del 22/06/2026.
Quién demanda: Barreto, Franco Fabián
¿A quién se demanda?
Cejas, Gabriel Eduardo y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpone recurso de aclaratoria respecto a error material existente en la sentencia definitiva dictada el 22/06/2026 en causa por daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
El tribunal se hace lugar al incidente de aclaratoria y corrige el error material identificado en el párrafo undécimo del capítulo 6to. de la sentencia definitiva, referido a la tasa de interés aplicable y comienzo de su cómputo. Fundamentos principales: "Habiéndose incurrido en un error material, se aclara el párrafo undécimo del capítulo 6to. (Tasa de interés aplicable y comienzo de su cómputo) de la sentencia definitiva dictada el 22/06/2026 y donde dice 'En cuanto a su punto de partida, se computarán desde la fecha del hecho dañoso (15/09/2023)', debe leerse '(15/09/2016)' (arts. 36 inciso 3ro. y 166 inciso 2do. del C.P.C.C.)." La corrección se fundamenta en los artículos 36 inciso 3ro. y 166 inciso 2do. del Código Procesal Civil y Comercial, que regulan los incidentes de aclaratoria y permiten la corrección de errores materiales en las sentencias.
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